Cajas municipales podrán tener socios privados
Cajas municipales podrán tener socios privados

El proyecto de Ley que Modifica y Fortalece el Funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC), que aprobó hoy por el Congreso, permite que estas entidades financieras abran su accionariado al capital privado y amplíen sus operaciones, señaló el intendente general de Microfinanzas de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Martín Auqui.

“Esta nueva ley de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) facilita el ingreso de nuevos socios privados a ellas porque permite que estos nuevos socios tengan presencia en el directorio, cosa que antes no era así”, señaló a Andina.

Auqui recordó que existían organismos internacionales interesados en entrar al accionariado de las CMAC de manera minoritaria para fortalecerlas, pero que al no contar con silla en el directorio de estas entidades financieras no invertían.

Pero la norma, aprobada en el Congreso, abre la posibilidad de que las cajas municipales puedan, si el consejo lo considera necesario, convocar a accionistas minoritarios para que les inyecten capital y conocimiento financiero, recalcó.

El funcionario de la SBS indicó que se amplía el número de operaciones (que le son permitidas) y se eleva el capital mínimo requerido, el cual es actualmente cumplido por todas las cajas municipales. “Pero las nuevas cajas municipales tendrán que entrar (a operar) con mayor capital”, precisó.

Según la Ley 27602, esa ampliación de operaciones implica emitir, avisar, confirmar y negociar cartas de crédito, a la vista o a plazo, de acuerdo con los usos internacionales y en general canalizar operaciones de comercio exterior.

También resaltan el emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera, incluidos los ordinarios, los convertibles, los de arrendamiento financiero, y los subordinados de diversos tipos y en diversas monedas, así como pagarés, certificados de depósito negociables o no negociables, y demás instrumentos representativos de obligaciones, siempre que sean de su propia emisión.

Así como el emitir certificados bancarios en moneda extranjera y efectuar cambios internacionales, entre otros.

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