Exoneración del Impuesto a la Renta se deberá sustentar con comprobantes
Exoneración del Impuesto a la Renta se deberá sustentar con comprobantes

Si bien el Gobierno ha propuesto aumentar la tasa del Impuesto a la Renta (IR) para compensar posibles pérdidas en la recaudación por la reducción del Impuesto General a las Ventas (IGV), para las personas naturales y las mypes (pequeñas y medianas empresas) la medida resulta beneficiosa.

Para las personas naturales, el Ejecutivo propone elevar la tasa de deducción del Impuesto a la Renta (IR) de 7 unidades impositivas tributarias (UIT) (S/27,650) hasta 14 UIT (S/55,300).

¿A QUIÉN SE DIRIGE? Son dos los trabajadores que pagan este impuesto; los que están en planilla (quinta categoría) y los independientes, que dan recibos por honorarios (cuarta categoría).

En el primer caso, están obligados a pagar IR los que tienen ingresos anuales (entre sueldos y gratificaciones) mayores a 7 UIT (S/27,650).

En cambio, para el cálculo de los independientes se suman todos los ingresos, y a ese total se le aplica una deducción (ingresos que pueden restarse) que asciende al 20%. A ese monto se le aplica una nueva deducción de 7 UIT (S/27,650) y a este nuevo resultado recién se le aplica una tasa de IR.

Este mecanismo genera que todos los independientes que ganan mensualmente S/2880 no paguen IR.

¿CUÁL ES LA PROPUESTA? Si se aprueba el aumento de la tasa deducible de 7 a 14 UIT, una de las propuestas contempladas en el pedido de facultades legislativas, desde el próximo año quienes ganan en planilla hasta S/3950 al mes o S/55,300 al año, dejarán de pagar el IR.

También desde enero los independientes que ganen hasta S/5760 al mes (o su equivalente a ingresos por S/69,120 al año) estarán libres de pagar el IR.

Claro que para recibir este beneficio ya se anunció que se deberá sustentar, con comprobantes de pago controlables por la Sunat, gastos de hasta S/1950 al mes en salud y vivienda.