La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Inteletual (Indecopi) confirmó, en segunda instancia administrativa, que las empresas América Móvil Perú S.A.C. y Telefónica del Perú S.A.A. incurrieron en actos de competencia desleal, al difundir publicidad de dos promociones comerciales que inducían al error en los consumidores y omitían información exigida por ley.
Según la investigación realizada por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, la empresa América Móvil S.A.C. (Claro) difundió publicidad a través de piezas gráficas impresas (volantes) y su página web, consignando la afirmación “Habla gratis para toda la vida a 2 Claro móviles”; dando a entender erróneamente a los consumidores, que podrían hablar sin costo alguno durante el tiempo que deseen, mientras que el propietario o usuario del equipo celular lo mantenga afiliado a la línea telefónica activa de la empresa.
MULTAS. La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi, sancionó con multas de 149.49 UIT a la empresa América Móvil y 10 UIT a Telefónica del Perú, equivalentes en conjunto a S/ 629 985.50.
El Indecopi informó que dichas empresas infringieron los artículos 8, 14 y 17 de la Ley de Represión de la competencia Desleal (Decreto Legislativo N° 1044), referidos a Actos de Engaño, Publicidad de Promociones y Actos contra el Principio de Legalidad, respectivamente.
Señaló que ambos procedimientos fueron iniciados de oficio por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal que, de manera constante, monitorea el mercado y vela porque la publicidad no engañe a los consumidores, ni infrinja las normas establecidas por ley.
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