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En la vía judicial, la impugnación de paternidad de los que fueron intercambiados por un obstetra y registrados con nombres que no son de sus padres biológicos, demoraría 18 meses y culminaría con la nulidad de las partidas de nacimiento, así lo señaló el presidente de la Corte Superior de Justicia de , Jhony Cáceres Valencia. 

Por lo tanto, el magistrado indicó que se debe accionar en este caso una medida cautelar para que el juez pueda ameritar lo actuado y ordenar que el intercambio se realice en el menor tiempo para evitar causarle mayores daños psicológicos a los infantes, de esta forma la integridad de los menores quedaría resguardada.

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