Imagen
Imagen

El Jurado Nacional de Elecciones () trasladó al Concejo Provincial de la solicitud de vacancia presentada por Pedro Anahua Huahuasoncco contra el alcalde Florentino Alfredo Zegarra Tejada.

La entidad electoral realizó la calificación preliminar de los documentos presentados por el solicitante y se verificó que cumple con los requisitos formales establecidos, en razón a ello resolvieron, mediante expediente J-2016-01286-T01, trasladar el pedido de vacancia al Concejo.

El burgomaestre debe convocar a sesión extraordinaria en un plazo máximo de 5 días hábiles, luego de notificado el documento.

“En el caso de no ser convocada por el alcalde dentro del plazo establecido, puede hacerlo el primer o cualquier otro regidor, previa notificación escrita al alcalde. Entre la convocatoria y la sesión mediará, cuando menos, un lapso de 5 días hábiles. Además, la sesión de concejo deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días hábiles después de recibida la solicitud y luego de notificarse al afectado para que ejerza su derecho de defensa”, señala el escrito.

ARGUMENTO. En el documento, el solicitante invoca como causal la presunta contratación indebida del ciudadano Jose Luis Cavero Astete.

“Se autodenomina jefe de la Oficina Municipal de Diálogo y Sostenibilidad y Fortalecimiento de los Asentamientos Humanos, órgano que legalmente no aparece en el Organigrama Funcional, y por ende tampoco en el ROF ni MOF”, señala Anahua.

Agrega en el documento que el alcalde Zegarra quiso remediar el error colocando al citado funcionario como asesor, pero también es una ilegalidad. “Tampoco cumple con requisitos mínimos para el cargo de Asesor I de Gerencia Municipal (título sociólogo, Antropología, Psicología), no tiene ninguna de estas profesiones, así como tampoco debería tener personal de apoyo”.

CIFRA
. 3 días tiene el gerente municipal de la MPA para notificar el documento a regidores.

TAGS RELACIONADOS