Investigarán a concejales por recientes denuncias
Investigarán a concejales por recientes denuncias

Luego que saliera a la luz algunos (supuestos) cobros irregulares que hicieran los consejeros regionales en relación a viáticos y dietas, ahora estos serán investigados por la comisión de ética, el Ministerio Público y el Órgano de Control Interno del Gobierno regional de Ayacucho.

El primer punto a investigar es el cobro presuntamente irregular de viáticos realizado por doce consejeros, cuando viajaron a la ciudad de Lima para ser capacitados por el Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir).

De acuerdo a las declaraciones de la consejera Lisbeth Ucharima, doce de sus colegas, incluyéndose, hicieron el viaje solicitando viáticos; no obstante, los gastos de estadía y alimentación corrían por cuenta del Servir.

Al respecto el presidente del Consejo Regional de Ayacucho (CRA), Víctor Hugo Pillaca, manifestó que la Comisión de Ética ya tomó el caso.

“Particularmente, debo manifestar que yo tengo residencia en la ciudad de Lima, por esa razón no hice uso del hospedaje contratado por la entidad, desconozco si mis colegas utilizaron dichos montos”, sostuvo Pillaca.

Por otro lado, el cobro de viáticos de parte de la consejera Ucharima, para que asista al VI Encuentro de jóvenes autoridades organizado por la Secretaría Nacional de la Juventud (Senaju), también está siendo investigado.

Trascendió que desde el consejo se solicitó un informe a la Senaju, a fin de corroborar si la legisladora hizo uso o no de los beneficios otorgados por dicha institución, pues como se recuerda Ucharima afirmó que por el exceso de participantes tuvo que hacer uso de sus viáticos.

Respecto a la dieta cobrada por la consejera Ucharima, pese a que no asistió a una sesión ordinaria, el asesor legal del Gobierno Regional de Ayacucho, Gerardo Ludeña, emitió una opinión legal, calificando de improcedente el pago.

RECUERDAN. De acuerdo al artículo N° 37 del Reglamento Interno del Consejo Regional (RIC) de Ayacucho, sólo procede el pago de la dieta por la asistencia real y efectiva del consejero regional a las sesiones ordinarias convocadas en el mes y a la sesión solemne por Aniversario Institucional fijada por el numeral 60.2 del artículo 60º.

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