Medidas contra el crimen generan opiniones divididas
Medidas contra el crimen generan opiniones divididas

Los pocos resultados en la lucha contra la criminalidad han obligado al gobierno de Ollanta Humala a cerrar su gestión con medidas que están generando opiniones divididas en relación a si serán eficaces o solo serán letra muerta.

En el marco de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso para luchar contra la inseguridad ciudadana, el Ejecutivo promulgó el lunes último tres decretos entre los que destaca aquel que incorpora el delito de sicariato en el Código Penal.

CADENA PERPETUA. La norma define el delito de sicariato como “el que mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole”.

Detalla que el autor de este delito será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 25 años. El texto indica que el mismo castigo recibirá aquel que ordene, encargue, acuerde el sicariato o actúe como intermediario.

El Decreto Legislativo 1181 precisa que “será reprimido con pena privativa de libertad de cadena perpetua” aquel que comete acto de sicariato “valiéndose de un menor de edad o de otro inimputable para ejecutar la conducta para dar cumplimiento a la orden de una organización criminal o cuando en la ejecución intervienen dos o más personas”.

La misma pena se aplicará cuando las víctimas, sean dos o más personas o cuando se usen armas de guerra en el acto criminal.

Además se sanciona “la conspiración y el ofrecimiento para el delito de sicariato” con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años.

RECOMPENSA. Otro decreto legislativo, el 1180, establece el pago de recompensas para todos los ciudadanos colaboradores que brinden información oportuna que permita buscar, capturar o ubicar organizaciones criminales, terroristas y responsables de delitos de alta lesividad.

“Cada ciudadano colaborador es identificado con un seudónimo, clave o código, para que su identidad se mantenga en secreto”, indica la norma.

Sin embargo, las recompensas no podrán ser entregadas a miembros de las comisiones evaluadoras, de las FF.AA. o policías en actividad y en retiro.

UBICACIÓN. El tercer decreto legislativo, número 1182, establece que los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones están obligados a almacenar y brindar datos de teléfonos móviles para facilitar su geolocalización a las autoridades policiales que investiguen hechos delictivos durante los 365 días del año. El objetivo es que la Policía tenga acceso inmediato a estos datos cuando esté investigando un delito flagrante.

Desde la fiscalía. La presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Santa, Nancy Moreno Rivera, tiene opiniones distintas sobre los decretos.

Respecto al nuevo delito de sicariato y las penas más severas, consideró que “definitivamente a veces no da muchos resultados”.

“Por ejemplo en las extorsiones se ha cambiado las normas, pero se da con más frecuencia, no soy partidaria de que las penas sean tan severas a veces no dan muy buen resultado; las cárceles se están llenando de personas”, subrayó.

De otro lado, Moreno consideró que habrá darle mucha confianza a los ciudadanos para que funcionen las recompensas para aquellos que ayudan a desarticular organizaciones criminales.

“En general la ciudadanía está muy atemorizada de dar información, muchas de las extorsiones y las muertes no se llegan a descubrir porque hay personas que tienen información y no la dan porque hay amenazas contra ellos. Hay que perder el miedo”, comentó.

Incluso el programa de Protección a Víctimas y Testigos del Ministerio Público, dijo, no tiene más acogida porque se necesita repotenciarlo, en el sentido de darle real seguridad a las personas.

Y respecto a la geolocalización de las personas investigadas, la fiscal decana dijo que sí será de mucha utilidad.

“El levantamiento de comunicaciones antes era fatal; se va a agilizar el trabajo en las investigaciones básicamente por amenazas, extorsiones, secuestros y coacción”, comentó.

Normalmente este trámite, explicó, demoraba entre uno a dos meses, dependiendo de la “urgencia”, desde el pedido del fiscal al juez y la remisión de la información por parte de la empresa de telecomunicaciones.

Aunque dijo que hay casos en los cuales la orden del levantamiento de las comunicaciones no se cumple.

“Dependiendo de los casos de las amenazas, el caso en el que fui víctima, el juez levantó el secreto, pero nunca llegó la información de lTelefónica y por el plazo razonable se archivó”, refirió.

A pesar que considera que el Decreto Legislativo 1182 es un avance, advierte que esto debe venir acompañado por medidas que aseguren que las empresas de telecomunicaciones respondan más rápido.

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