Piura: Suerte de Violeta Ruesta en manos de jueza suprema
Piura: Suerte de Violeta Ruesta en manos de jueza suprema

Incierta es todavía la situación legal de la exalcaldesa de Castilla, Violeta Ruesta, cuya suerte estaría por el momento en manos de una jueza suprema dirimente. Aunque todo indica que en el peor de los casos solo se le aplicaría una pena privativa de la libertad suspendida, por el caso H&B.

Esto, porque los resultados del recurso de casación (revisión) han sido la absolución de cuatro exfuncionarios de la comuna distrital, la condena a pena suspendida para otros tres y solo cárcel efectiva para el representante del consorcio, que tuvo a cargo la ejecución de la obra de saneamiento para los asentamientos del sector noreste de Castilla.

DISCORDIA. En la sentencia de casación de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, de fecha 11 de julio del 2017, se establece que en los casos de Violeta Ruesta y del exgerente municipal de Castilla, Javier Enrique Salas Zamalloa, se ha producido “discordia”.

Así, en el caso de la exburgomaestre, se tienen los votos de tres jueces supremos en favor de la absolución y dos por la condena, con lo que no se ha alcanzado el número de votos suficiente para emitir resolución, que en el caso de una sala suprema (cinco miembros) es de cuatro en un mismo sentido.

dirimente. Por ello, de acuerdo a la misma sentencia de casación, se debe llamar al magistrado habilitado dirimente.

Según se conoció, la llamada a conocer el caso sería la jueza suprema Zavina Magdalena Luisa Chávez Mella, integrante de la Segunda Sala Penal Transitoria, que es la magistrada menos antigua.

Pero, nada garantiza que con la magistrada convocada se llegue a los cuatro votos, porque ella podría considerar que hay responsabilidad de Violeta Ruesta. En ese caso podría producirse un empate a tres votos por lado, con lo cual se haría necesario el llamado de otro juez supremo, el segundo menos antiguo, que decida en definitiva.

ESPERA PRONTA DECISIÓN. El regidor Emilio Ruesta dijo que en el caso de su hermana, la exalcaldesa de Castilla, Violeta Ruesta, “falta un voto dirimente para decidir entre la absolución y los 4 años de pena privativa de la libertad condicional”.

“Esperamos que la justicia la absuelva, estamos confiando en que va a ser exculpada”, señaló, para recordar que cuatro exfuncionarios de la comuna han salido absueltos y a otros tres se les ha impuesto cuatro años de pena condicional.

Mencionó que están convocando a una jueza para que dirima, pero oficialmente todavía no sale la resolución.

“Nosotros esperamos que sea lo más rápido posible, porque unos han sido liberados, a otros ya les han impuesto la pena. Esperamos que el caso de mi hermana se vea en los diez días que vienen, antes de fin de mes ojalá ya se vea su caso”, expresó Emilio Ruesta Zapata.

ABSUELTOS. La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia “casaron” la sentencia del 6 de junio del 2016 y revocaron el fallo en el extremo que condenó como autores del delito de colusión simple a Pablo Javier Girón Gómez, Luis Neptalí Olivares Antón, Tulio Ulixes Vignolo Farfán y Luis Alberto Granda Tume; y reformándola absolvieron a los mencionados del referido delito.

Por ello, la presidencia de la instancia suprema ofició a la Primera Sala Penal de Apelaciones de Piura, con fecha 13 de julio del 2017, a fin de que se proceda a la inmediata libertad de Vignolo Farfán, que se encontraba internado en el penal de Piura. La liberación del mencionado se concretó el viernes.

La Sala Penal Permanente también ordenó el levantamiento de las órdenes de captura que pesan sobre los cuatro exfuncionarios de la comuna de Castilla.

CONDENADOS. En otro extremo de la sentencia, la instancia suprema confirmó la sentencia que condenó como autores del delito de colusión simple a los integrantes del comité especial de la obra de saneamiento del sector noreste de Castilla.

Así, a Jimmy Silva Risco y Nilton Carlos Andrés Ramos Arévalo se les impuso cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida, con el periodo de prueba de dos años, bajo reglas de conducta. Igual a José Castro Pisfil.

En tanto, al representante del consorcio H&B, Edwar Fernando Barboza Nieto, se le condenó como cómplice primario del delito de colusión simple a 4 años de pena, y por delito contra la fe pública, en la modalidad de uso de documento falso a dos años de pena, computándose en total seis años de pena privativa de la libertad efectiva.

COMITÉ ESPECIAL. Los magistrados de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia tuvieron en cuenta que las bases, elaboradas por el Comité Especial, fueron cuestionadas “razonablemente”.

Primero, por las especificaciones que se requerían en ciertos profesionales, que resultaban innecesarias en función de la obra, generando con ello un indicio razonable de direccionamiento.

Además, se cuestiona haberse consignado en las bases la prohibición de adelantos, buscando con ello disuadir la participación de los demás postores. Y en efecto, si bien varios postores adquirieron las bases de la licitación pública, solo un postor, el consorcio H&B se presentó, generándose así un indicio más de que se había direccionado las bases hacia un determinado postor, se consigna en la sentencia de la casación.

Y en forma posterior a la firma del contrato, Castro Pisfil, que fuera integrante del Comité Especial, emitió un informe el 12 de diciembre del 2011, refiriendo que por cuestiones de emergencia social debía admitirse el otorgamiento del adelanto y si bien este hecho es posterior a la vigencia del Comité Especial, refuerza la imputación de que éste direccionó las bases para una empresa.

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