Puno: pedido de prisión preventiva para alcalde sería exagerado
Puno: pedido de prisión preventiva para alcalde sería exagerado

El Poder Judicial esta semana resolverá si dicta o no prisión preventiva contra el alcalde de , Iván Flores Quispe, solicitado por el Ministerio de Público por el presunto delito de colusión desleal agravada, por supuestamente haberse administrado irregularmente el presupuesto donado por Backus en el primer año de gestión.Mientras un sector de la opinión pública opina a favor de la prisión preventiva del burgomaestre, un gran número de pobladores cree que es exagerado el pedido del Jorge Alberto Astorga Castillo, fiscal especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de 

El caso se remonta al año 2015, cuando el alcalde puneño, firmó de un convenio, por el cual la comuna recibiría S/ 100 mil soles en calidad de donación de la empresa Backus y Johnston SAA, por derecho de venta de productos y exposición publicitaria en la Festividad Virgen de la Candelaria.En el convenio se designa a Edgar Centeno Chavarría como responsable de la ejecución; sin embargo, en el transcurso de los días Ynes Bejar Barriga, asesora de la entidad edil, aparece coordinando algunas acciones del convenio; esta es la razón de la investigación penal que viene realizando el Ministerio Público. 

Para el Decano del Colegio de Abogados, Fredy Ramos Ramos, es apresurado pedir la prisión preventiva contra el alcalde Iván Flores. “Toda la ciudadanía puneña se ha visto sorprendida con este pedido de prisión preventiva que ha solicitado la fiscalía, desde mi punto de vista, creo que es apresurado”, sostiene el letrado. “Hay que tener en cuenta que la prisión preventiva es una medida excepcional que se da en determinados casos. La regla general es que toda persona que se encuentra investigado o procesado siempre responda a la justicia en libertad; pero si existen elementos de convicción se puede pedir la prisión preventiva”, sin embargo este no es el caso. Según el Nuevo Código Procesal Penal, deben existir tres condiciones procesales para que la fiscalía pida la prisión preventiva: 

1) prueba suficiente que incrimine al autor del delito, 

2) que el delito sea sancionado con una pena superior a cuatro años, 

3) que el imputado pueda obstaculizar la investigación o intente esquivar a la justicia. “Si es que no existen esos presupuestos procesales, creo yo que no es prudente ni es bueno pedir prisiones preventivas porque en realidad son bastante peligrosas”, concluye el letrado.

Diversos juristas consultados por este matutino coinciden que el fiscal Jorge Alberto Astorga Castillo, basa su pedido de prisión preventiva en cuestiones subjetivas, el hecho de que el alcalde haya firmado el convenio no significa que se haya beneficiado o perjudicado al Estado; pero todo es materia de investigación.

Es necesario subrayar que aparentemente existen responsables del manejo irregular de los 100 mil soles donados por la empresa Backus y Johnston; dado que existe un depósito de S/ 10,8000 a la cuenta de la “Asociación Parque Industrial Totora”, cuyo titular es Ynes Antonia Bejar Barriga, ex asesora de la Municipalidad, que no tenía nada que hacer en este caso.No obstante, la mayor responsabilidad es de la empresa cervecera Backus, por haber depositado indebidamente a la cuenta de una persona particular que no estaba previsto en el convenio; para cuyos responsables el Fiscal solamente solicitó mandato de comparecencia restringida.