Excepción al Art. 71 sería aplicable solo en terrenos de la Zofratacna
Excepción al Art. 71 sería aplicable solo en terrenos de la Zofratacna

Una excepción legal al artículo 71 de la Constitución Política del Estado que prohíbe la instalación de empresas extranjeras dentro de los 50 kilómetros de la frontera, planteó el vicepresidente del Parlamento Andino, Rolando Sousa Huanambal.

Según el planteamiento, la instalación de empresas sería permitida únicamente dentro de los terrenos que administra la Zona Franca de Tacna para darlos como usufructo, es decir usar los bienes y gozar de los beneficios tributarios.

El planteamiento se ha remitido a los ministerios de Relaciones Exteriores de los países que integran la comunidad andina, es decir Perú, Chile, Colombia, Bolivia y Ecuador, debido a que la aplicación de las zonas francas pasa por la comunidad andina y por ello tiene relación directa con el parlamento que representa para darse un cambio en las normas que la rigen.

En el caso peruano esta excepción debe darse mediante un decreto de urgencia refrendado por el Consejo de Ministros.

Aclaró que de aprobarse la excepción al artículo 71 solo será dentro de la Zofratacna y debe estar enmarcado para el tema de las exportaciones.

Souza tuvo conversaciones con el legislativo del Gobierno Regional de Tacna donde se mostraron a favor de su planteamiento. Los miembros del Parlamento Andino se reunirán el 30 de julio en Lima y abordarán la propuesta.

El representante indicó que inspeccionaron el movimiento migratorio en el Complejo Fronterizo Santa Rosa y considera inadecuado hacer un control integrado entre Perú y Chile.

Debió instalarse un Centro Binacional d Atención de Fronteras (CEBAF) como ocurre en Tumbes con un control único y presencia de funcionarios de ambos países.

Las declaraciones las brindó en el II Foro de Desarrollo e Integración Fronteriza en Tacna donde autoridades, dirigentes y representantes de la región expusieron los problemas de sus sectores.