Multas por no izar bandera serán de hasta S/.1800
El director del Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM), Marco Tulio Gutiérrez, recordó que los vecinos de Lima y Callao que no cumplan con izar la Bandera Nacional durante Fiestas Patrias, serán multados con pagos desde S/.54.00 hasta los S/.1,800 nuevos soles.
Refirió que dicha penalización corresponde según lo impuesto en el reglamento de la Ley 8916, la cual también señala que la Bandera a izarse en los inmuebles particulares no debe tener el Escudo Nacional ni ningún otro tipo de símbolo en cualquiera de sus tres fajas verticales, cuyo uso es exclusivo de las entidades estatales.
Guitiérrez dijo también que la norma faculta a las municipalidades a cobrar multas a quienes incumplan esa disposición y no coloquen el símbolo patrio durante todo el mes de julio e, inclusive, parte de agosto.
Sin embargo, aclaró que las leyes vigentes - Ley 8916 y su modificatoria 15253 – establecen la obligatoriedad del izamiento de la bandera solo los días 27, 28, 29 y 30 de julio y no como las municipalidades pretenden durante todo el mes y hasta el 15 de agosto como lo ha dispuesto la Municipalidad de Ate.
La multa más baja para quienes incumplan la norma se paga en el Cercado del Callao que asciende a 54 soles y la más alta es de 1,800 y se aplica en San Juan de Lurigancho.
