El Gobierno presentó un proyecto de ley para reformar el Consejo Nacional de la Magistratura reduciendo a cinco el número de consejeros, que ahora son siete. Propone además que sean designados por el Poder Ejecutivo, el Congreso, el Poder Judicial y el Ministerio Público. Políticos e instituciones vinculadas al quehacer jurídico reaccionaron inmediatamente en forma destemplada. La principal objeción es que la designación por parte del Poder Ejecutivo y del Congreso constituye una injerencia del poder político en el nombramiento de jueces y fiscales, afectando su independencia.Coincidimos en que el PL del Ejecutivo contiene una exposición de motivos deficiente. No obstante, reformar el CNM desde su conformación, como parte de la urgente reestructuración del sistema de justicia, es una necesidad impostergable. Una acertada selección de jueces y fiscales, probos y bien calificados, es requisito sine qua non para combatir la criminalidad y reducir los índices de impunidad. Si bien es cierto antes de la vigencia de la Constitución de 1993 el sistema de nombramiento de magistrados por parte del Ejecutivo y del Senado (ratificación de supremos) propició la politización de la justicia, no puede descalificarse a priori la conformación del CNM con miembros designados por el Congreso. Organismos similares al CNM, de países como España, Francia, Italia y Argentina, entre otros, están conformados también por miembros designados por el Poder Legislativo, sin mayor objeción. Aquí mismo, la designación de los magistrados del TC corresponde al Congreso, y pocos dudan hoy en día de su idoneidad e independencia. Representantes del PJ y del MP se sumaron a la crítica; pero nada dicen de la elección de los consejeros que corresponden a sus propias instituciones, en las que solo intervienen los jueces y fiscales supremos. Democratizar esa elección también es una reforma pendiente.