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En un diario, León Trahtemberg afirma que es un “horror el reglamento de educación privada que discute el Minedu”, ante lo cual comenté: “No me llama la atención que el Ministerio de Educación quiera regimentar verticalmente el desarrollo de la educación escolar privada, pues se enmarca en una política ‘recentralista’ de los procesos pedagógicos y curriculares que se da, también, desde hace varios años con los planteles públicos”. Y es que el sector impone directivas, con engorrosos formatos y criterios cuantitativos-estandarizados, procesos y productos educativos.

La ley les da a los colegios privados la potestad de establecer la línea axiológica que regirá su centro; contenidos, metodología y sistema pedagógico-curricular; las formas de evaluación y disciplina; y la dirección, organización y funciones del centro. Sin más limitaciones que las que pudieran establecer las leyes, todo lo cual constará en su reglamento interno. Es más, según la Ley General de Educación, las instituciones educativas -públicas y privadas- diversifican su propuesta pedagógica, la cual tiene carácter oficial.

Esperemos que el proyecto de reglamento mencionado se deje de lado por su carácter sancionador y absolutamente controlista. Esto no implica negar la función supervisora del Minedu, las DRE y las UGEL para velar por la calidad del servicio educativo, ni tampoco obviar la obligatoriedad del currículo nacional básico para toda la República. Más bien debe darse en el marco de una norma promotora -desde la experticia de los educadores- de eficacia, apertura, flexibilidad, contextualización, innovación y reconocimiento de experiencias exitosas de gestión y desarrollo pedagógico-curricular, lo cual debe hacerse extensivo a todos los colegios públicos.

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