Cuando a un estudiante de Derecho se le pregunta por qué razón quiere ser abogado, la respuesta suele ser “para ganar los juicios y hacer justicia”. Esta es una confusa percepción del Derecho pues la actividad del abogado no debe circunscribirse a la acción jurisdiccional o de litigación necesariamente. Pero esa respuesta en realidad no está referida a la esencia de la actividad del abogado como era concebida en la Roma justiniana, donde era un actor ducho en la acción forense. El día de hoy, el abogado aprende a solucionar las controversias con el objeto de alcanzar justicia, el fin ontológico del derecho, mediante los medios de solución pacífica de controversias voluntarios o no jurisdiccionales que son: la negociación, los buenos oficios, la mediación, la conciliación, la investigación y el arbitraje. Estos medios solo cobran vida si acaso las partes de manera expresa, libre y voluntaria la aceptan para arreglar una disputa de intereses. No existe ningún imperativo para que usen cualesquiera de los referidos medios, pero por sí mismos se vuelven necesarios a fin de que pudieran ser abordados en el arreglo según el que mejor convenga. Su relevancia está en el hecho de que se superponen a cualquier otro método o medio imperante en la sociedad internacional donde antes se imponía la guerra o la ley del más fuerte. Hoy cada vez más suelen usarse en los arreglos entre países y entre particulares. Lo anterior explica, entonces, por qué el papa Francisco en su reciente encuentro con el presidente de Irán ha soltado la idea de que la solución de la crisis en Siria podría darse mediante la vía diplomática. Practiquemos estos medios en el difícil mundo de hoy.