El Congreso de la República aprobó finalmente dos nuevas solicitudes para delegar facultades legislativas en el Poder Ejecutivo. En lo que concierne a seguridad ciudadana, destacan las siguientes temáticas: lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, en especial para combatir el sicariato, la extorsión, el tráfico ilícito de drogas e insumos químicos, el tráfico de terrenos y la tala ilegal de madera. Igualmente, facilitar la participación privada en la construcción y administración de penales; regulación del uso de la fuerza policial; establecer un marco normativo para la obligatoriedad de cámaras de seguridad para espacios públicos; fortalecer el sistema penitenciario nacional; e implementar el sistema de vigilancia electrónica personal, entre otros aspectos.

Tardía y contradictoria la conducta del Gobierno en muchas de las materias sobre las cuales pide delegación de facultades. Al respecto, mencionaré solo dos casos. En el primero, la Comisión de Defensa, desde 18 de junio de 2012, aprobó un dictamen de insistencia recaído en el proyecto de ley N°81/2011-CR, que regula el empleo de la fuerza policial (concordado con el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, aprobado por las Naciones Unidas en 1979; y los Principios Básicos sobre empleo de la fuerza y de armas de fuego para los funcionarios, aprobados por el Octavo Congreso de Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente de las Naciones Unidas en 1990), inexplicablemente observado por el Poder Ejecutivo durante tres años. Ahora, esta constituye una de las materias sobre la delegación de facultades.

En el segundo caso, el Poder Ejecutivo también obtuvo delegación de facultades sobre el sistema de vigilancia electrónica personal (conocido como Brazalete Electrónico). Llama la atención que el Gobierno haya tardado cuatro años en definirse claramente a favor de su implementación.

Si el mencionado sistema de vigilancia electrónica está consagrado en la Ley 29499, vigente desde enero de 2010, no era necesario delegar facultades legislativas, bastaba con gestionarlo y ejecutarlo. Pero se hizo todo lo contrario. El jueves 17 de enero de 2013 se publicó la Resolución Suprema Nº006-2013-EF, mediante la cual se le excluye del proceso de promoción de la inversión privada solicitado el año 2012 por el ministro de Justicia, Juan Jiménez Mayor, ratificada mediante la resolución acotada por su reemplazante Eda Rivas y el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla.

Aquí dos claros ejemplos de cómo el Gobierno se dispara a los pies y luego quiere enmendar tardía e incoherentemente.

Los dos ejemplos expuestos demuestran que el Gobierno ni en noventa días ni en lo que resta de su gestión revertirá lo que no hizo en los cuatro años anteriores. ¿Qué debemos hacer en el Perú a partir del 28 de julio de 2016? Desarrollo y seguridad. No hay desarrollo sin seguridad; y no hay seguridad sin desarrollo. Por lo tanto, estos son los retos que hay que encarar: 1. Crecimiento de la delincuencia común y el crimen organizado. 2. Incremento de la desconfianza ciudadana. 3. Freno de las inversiones. 4. Menos desarrollo y bienestar. La alternativa debe encaminarse entonces al siguiente círculo virtuoso de seguridad y desarrollo: 1. Inversión en seguridad. 2. Confianza. 3. Inversión privada. 4. Crecimiento económico. 5. Impuestos y más inversión social. 6. Desarrollo y más bienestar. Se puede colegir de lo expuesto que el Estado peruano en el siglo XXI en el ámbito de la seguridad requiere, por ejemplo, una Policía Nacional cada vez más especializada, tecnificada, educada y competente. El nuevo Gobierno tiene que asumir esa tarea, de no hacerlo bien se pone en peligro el desarrollo económico y la estabilidad política.