Eguiguren reconoce que CIDH sí incluye a comandos
Eguiguren reconoce que CIDH sí incluye a comandos

Después de casi 2 semanas, el ministro de Justicia, Francisco Eguiguren, terminó ayer reconociendo lo que había venido negando desde que se supo de la intención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de exigir al Estado Peruano procesar nuevamente, esta vez en el fuero civil, a los comandos de la operación Chavín de Huántar.

Y es que Eguiguren decidió presentarse ayer ante las comisiones de Justicia y Defensa del Congreso, que ayer sesionaron de manera conjunta, y al término de esta jornada recién reconoció que la CIDH sí quiere enjuiciar a los militares.

Tras 2 horas de alocución ante los legisladores, no quiso abordar el verdadero propósito del informe de fondo de la CIDH y más bien ofreció una explicación genérica, nada concreta, escudándose en que dicho documento es de carácter "reservado".

LO ADMITE. Pero fue recién ante los periodistas que encaró el tema, presionado por las preguntas de la prensa.
"Es la opinión de la Comisión Interamericana, ellos tienen todo el derecho de hacer sus investigaciones y llegar a las conclusiones que mejor le parezcan. La Comisión Interamericana hace su informe de fondo y ésa es su posición, yo no puedo cambiar lo que piensa la Comisión", fue la respuesta de Eguiguren cuando se le leyó la conclusión de la CIDH que recomienda un nuevo proceso a los comandos, por considerar que el fuero militar estuvo parcializado.
Incluso afirmó que si la CIDH consideraba que los comandos debían ser sometidos al fuero civil, él no era "mago" para hacerla cambiar de opinión.

"Usted me pide que yo cambie lo que piensa la Comisión y yo no puedo. No me pida a mí que yo logre, por arte de magia, cambiar la verdad de los hechos ni lo que afirme la Comisión", contestó a este medio.
Y agregó: "Yo no puedo hacer que la Comisión Interamericana cambie o no su opinión. Ellos decidirán de nuestra conducta y de nuestra respuesta si deciden llevar el caso a la Corte IDH. Si la Comisión considera que las cosas deben ser de determinada manera, es su posición".

HAY MÁS. Pero eso no fue todo. Eguiguren tampoco dio una respuesta clara con respecto a la segunda recomendación de la CIDH. Y es que el ministro ha insistido una y otra vez en que dicho acápite ya se está cumpliendo, pues ya están siendo procesados Vladimiro Montesinos, Jesús Zamudio, Roberto Huamán y Nicolás de Bari Hermoza.

Sin embargo, la segunda parte de dicha recomendación habla de "identificar a la totalidad de los autores materiales" de "manera imparcial, efectiva". Entonces, ¿a quién se refiere la CIDH, si según ella misma los únicos que fueron juzgados en un fuero parcializado fueron los comandos? Eguiguren no contestó y evadió el tema alegando que él no es el procurador y que sólo representa a un ente político.

"Yo no litigo, no soy el abogado del Estado, soy el representante político del Ejecutivo en el Ministerio de Justicia. El procurador del Estado está a cargo del proceso", contestó.

GENERALIDADES. Minutos antes de reconocer que la CIDH sí recomendaba el procesamiento de los comandos, Eguiguren aseguraba en su presentación ante la sesión conjunta en el Congreso que es "falso" que el Estado quiera procesar a los comandos y que ese tipo de comentarios responden a "posturas malintencionadas".

Reiteró que la primera prórroga que solicitó el Estado respondía a intereses políticos por la asunción del nuevo gobierno.
También argumentó que ya se viene cumpliendo otra de las recomendaciones de la CIDH, que es la implementación de cursos de Derechos Humanos dirigidos a los miembros de las Fuerzas Armadas.

Tras su defensa, el ministro recibió los cuestionamientos de los congresistas Luz Salgado, Lourdes Alcorta, Octavio Salazar, Carlos Tubino y Luisa María Cuculiza. Sin embargo, al parecer al ministro poco le importaba que se destacara la heroicidad de los comandos, pues muy distraído miraba al techo, se agarraba la nariz, chequeaba su reloj o sonreía al leer los papelitos que le alcanzaban sus asesores.

DUDAS. La congresista Marisol Pérez Tello (Alianza por el Gran Cambio) no quedó satisfecha con la respuesta de Eguiguren y lo instó a que respondiera algunas preguntas por escrito. Asimismo, hizo hincapié en que si bien el ministro fue reiterativo cuando señaló que ya estaban siendo procesadas 4 personas por el caso (Vladimiro Montesinos, Jesús Zamudio, Roberto Huamán y Nicolás de Bari Hermoza), aclaró que "éstos son autores mediatos" y que se debe tener mucho cuidado porque se habla de "autores operativos", quienes serían en este caso los comandos, "y es contra ellos que se dirige la denuncia".

También resaltó que la defensa del Estado no debe tener una posición ideológica, porque esto hace mucho daño. "Mucho cuidado con lo que se está asumiendo, porque no es una responsabilidad política sino jurídica", afirmó.

Artículos clave del Informe

185.- "Sin perjuicio de lo que se desarrollará en el siguiente apartado, la CIDH nota que si bien algunas conductas desarrolladas por los comandos durante el Operativo Chavín de Huántar podrían eventualmente haber sido conocidas por la jurisdicción militar, las ejecuciones extrajudiciales -al ser violaciones graves de derechos humanos, tal como lo puntualizó la Corte Suprema- debieron haberse investigado por completo en el fuero común.

190.- "El acto criminal y la actividad relacionada con el servicio militar se rompe cuando el delito es extremadamente grave, tal es el caso de delitos contra el género humano. En estas circunstanciasm el caso deberá ser remitido al sistema de justicia civil".

195.- "Contrario a dichos principios y a la jurisprudencia constante del Sistema Interamericano, en el presente caso, que involucra la vulneración de derechos humanos, las ejecuciones de Víctor Salomón Peceros y Herna Luz Meléndez fueron puestas en conocimiento de un tribunal que no era competente y que además no fue imparcial ni independiente".

198.- "En ese sentido, la CIDH recuerda que el conocimiento por parte de la justicia militar de graves violaciones a derechos humanos, como en el presente caso (Chavín de Huántar), constituye una violación, entre otros, a los derechos contenidos en los artículo 8 y 25 de la Convención Americana".

200.- "Con base a lo anterior, la Comisión considera que en el presente caso el Estado extralimitó la espera de la justicia militar, en contravención de los parámetros de excepcionalidad, y extendió la competencia del fuero militar a delitos que no tienen relación directa con la disciplina militar -como las ejecuciones extrajudiciales- y sobreseyó a los militares que formaron parte del operativo e impidió que los familiares de Peceros y Meléndez tuvieran acceso a la justicia".