Presidente del Poder Judicial solicita destitución de juez puneño
Presidente del Poder Judicial solicita destitución de juez puneño

Entre enero y agosto del presente año, el presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona Postigo, solicitó ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) la destitución de 11 jueces, dentro de la lista figura el juez de paz letrado de Puno, Emigdio Condori Quiñones, a quienes se les imputa haber incurrido en grave inconducta funcional.

El Poder Judicial precisa que entre dichos magistrados están el expresidente de la Corte Superior de Madre de Dios, Jhon Rosel Hurtado Centeno, supuestamente porque realizaba actividades de minería informal mientras desempeñó tan alto cargo.

También están incluidos los jueces superiores Pedro Faya Salas (Corte de Tumbes) y Juan Vásquez Jines (Amazonas).

Igualmente de los jueces especializados o mixtos Antonio Chávez Martos y Luis Delgado Castro (Lambayeque), Antonio Escobedo Medina y Martha León Castillo (La Libertad), Luis Palomino Morales y Ricardo Castro Belapatiño (Ucayali), Luis Goycochea Sandoval (Santa).

Las medidas fueron adoptadas atendiendo a las propuestas de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), tras concluir los respectivos procedimientos disciplinarios realizados con pleno respeto al debido proceso, en los que se determinó que se habría incurrido en graves inconductas funcionales que transgredieron la administración de justicia y afectaron la imagen institucional.

En este mismo período, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) destituyó a 15 jueces de paz y 22 servidores judiciales (secretarios, auxiliares, notificadores y otros) de los diversos distritos judiciales del país, en concordancia con la línea de acción de lucha frontal contra la corrupción que impulsa Ticona Postigo.

Se les atribuye haber incurrido en la comisión de faltas graves y hasta de presuntos actos ilícitos, como recibir dinero de litigantes, direccionar las demandas, ofrecimiento de favorecer a unas de las partes procesales a cambio de ventajas en su beneficio, retardo en el trámite de procesos judiciales, usurpación de funciones, entre otras irregularidades.

El CEPJ concluyó que, con su conducta, los servidores sancionados infringieron las disposiciones establecidas en el Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, la Ley de la Carrera Judicial, la Ley Orgánica del Poder Judicial y otras normas.

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