Textos:Walter Serquén web@epensa.com.pe |Fotos:Grupo Epensa
El director de la zona norte del Instituto Nacional Penitenciario, Sergio Haro Huapaya, informó que hoy se incautó un celular (el primero a nivel nacional) a un interno del penal de Chiclayo (Picsi), tras la promulgación de la Ley 29867 que endurece las penas por ingresar o portar objetos prohibidos a los recintos carcelarios.
La autoridad penitenciaria precisó que el aparato celular se halló en poder del interno Juan Manuel Aroca Romero, de 35 años de edad, y natural de Trujillo, quien purga una condena de 12 años de cárcel por el delito de robo agravado. Este sujeto está sindicado como integrante de la banda delincuencial "Los Malditos de la Esperanza".
El hallazgo de este celular en poder del delincuente se logró durante una requisa realizada la madrugada de hoy en el establecimiento penitenciario de Chiclayo.
VIGENCIA DE LA LEY
La ley 29867 penaliza hasta con 20 años de cárcel el ingreso de objetos prohibidos a los penales del país, como celulares, cámaras de video y armas de fuego. Esta norma entró el vigencia el lunes 23 de julio.
La norma establece que cualquier persona que ingrese indebidamente con equipos o sistemas de comunicación, fotográfico o filmación recibirá una pena entre 4 y 6 años de prisión. Si se vale de su condición de autoridad, abogado o funcionario público, será considerado como un agravante para una pena entre 6 y 8 años.
Además, habrá una pena de 2 a 4 años para aquellos que intenten ingresar a la cárcel materiales y componentes que puedan ser utilizados para elaborar antenas o receptores que faciliten la comunicación celular, fija, radial o por Internet. El castigo se eleva de 3 a 6 años si este delito es cometido por una autoridad.
La ley establece también una pena no menor de 8 ni mayor de 15 años de prisión para quienes ingresen al penal portando armas, municiones o materiales explosivos. Si se utiliza a un menor de edad para ello, la sanción será entre 10 y 20 años.
La misma norma sanciona el amotinamiento en una cárcel con penas de entre 4 y 6 años y estipula que quedan exentos de responsabilidad penal los que entreguen, de manera voluntaria, armas de fuego, municiones, explosivos, celulares y demás objetos prohibidos.