Los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) pueden iniciar su trámite de jubilación al cumplir los 65 años (edad legal en Perú), pero no significa que dejen de trabajar porque un jubilado de AFP puede seguir en la actividad laboral y recibir dos ingresos a la vez: su pensión y su salario.
“Conocer cómo funciona este proceso es clave para tomar una mejor decisión financiera, tanto para el afiliado como para su familia. En el SPP no existe ninguna restricción legal que impida trabajar luego de jubilarse”, según Joel Boza, gerente de Operaciones al Afiliado en Prima AFP.
Precisó que cuando el afiliado inicia su trámite de jubilación o cumple la edad legal no está obligado a aportar a la AFP y su salario queda libre de descuentos previsionales.
Ingresos
Boza dijo que el afiliado recibirá un sueldo mayor, sin descuentos y puede decidir voluntariamente seguir aportando si así lo desea, por ejemplo, mediante una cuenta de aportes voluntarios con fin previsional.
Refirió que para evitar descuentos si el afiliado ya se jubiló debe comunicar a la AFP que inició el trámite de jubilación y sigue trabajando. También debe informar al empleador con una declaración jurada, que ya no corresponde realizar el descuentos.
Si el jubilado no informa su situación, la empresa seguirá descontando, pero el dinero irá a una cuenta especial dentro de la AFP, no a su cuenta individual, y deberá presentar una solicitud de devolución de aportes para recuperar esos descuentos.
“Hoy el 5 % de nuestros afiliados aptos para jubilarse han iniciado su trámite de jubilación o han realizado consultas al respecto. Sin embargo, muchos aún no lo hacen por temor a perder su empleo, cuando en realidad jubilación y trabajo sí pueden ir de la mano” finaliza Boza.