​AFP: ¿Cómo se tramitará la nueva jubilación anticipada?
​AFP: ¿Cómo se tramitará la nueva jubilación anticipada?

Si bien la nueva ley para la jubilación anticipada en el sistema privado de pensiones, administrado por las AFP, fue promulgada y se encuentra nuevamente vigente, todavía está pendiente la publicación de un reglamento operativo por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Aldo Ferrini, gerente general de AFP Integra, la segunda más grande en número de afiliados, estima que para el mes de junio se concretarían los primeros trámites con la nueva norma, y mientras tanto, seguirán brindando información, ya que es poco probable que existan muchas diferencias con lo tramitado hasta diciembre del año pasado, cuando venció el régimen anterior.

"La gran diferencia entre el REJA (Régimen Especial de Jubilación Anticipada) anterior y el actual es que el afiliado ahora tenga que entregar información de Sunat. El que no tiene RUC, se tramita la operación como siempre. En cambio, cuando tenga RUC, el afiliado tendrá que acudir a la Sunat antes", señaló durante la presentación trimestral de los Indicadores SURA.

La nueva norma para esta jubilación por desempleo dispone que además de estar 12 meses seguidos fuera de planilla, el afiliado no debe tener recibos por honorarios mayores a la 7 UIT (Unidad Impositiva Tributaria) en el acumulado de 12 meses, el mismo tope utilizado por la administración tributaria para la exoneración de pago de impuestos.

En el caso de la Jubilación Anticipada Ordinaria (JAO), que no requería demostrar una situación de desempleo y que permitía la jubilación con aportar lo suficiente para tener una pensión no menor al 40% del sueldo, esta se ha seguido tramitando, pero con menor frecuencia. "Este régimen nunca caducó, así que se tuvo un importante número de solicitudes hasta que se aprobaron las nuevas condiciones, que seguramente serán contempladas en el reglamento que publique la SBS", expresó.