El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el protocolo sanitario para la realización de eventos en el marco del turismo de reuniones en medio de la pandemia del COVID-19.
A través de una resolución, el denominado “Protocolo Sanitario Sectorial ante el Covid-19 para la realización de eventos en el marco del turismo de reuniones” establece una serie de medidas preventivas operativas para prevenir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus en tres momentos: antes, durante y después del evento. Además, se especifican responsabilidades y directrices a la empresa, organismo u organización, sea pública o privada, que realicen este tipo de actividades.
El Mincetur señaló que el proyecto del protocolo fue elaborado por el Cenfotur, en coordinación con los representantes del sector privado y revisado por el Ministerio de Salud (Minsa).
Alcances de la norma
El protocolo sanitario sectorial aplica a todos los organizadores, personal interno y externo, y asistentes de los eventos realizados a nivel nacional en el marco del turismo de reuniones.
Incluye congresos, conferencias, convenciones, ruedas de negocio, foros, reuniones corporativas, exposiciones y ferias de negocio, foros, reuniones corporativas, exposiciones y ferias.
“Gracias a la R.M. Nº 214-2020-Mincetur aquellas operadores que prestan este tipo de servicios podrán volver a operar. Para ello deberán tener registrado el “Plan de vigilancia, prevención y control de Covid-19 en el trabajo”, de acuerdo a lo establecido en la R.M. N° 448-2020/Minsa”, indicó el Mincetur a través de un comunicado.
También invocó a las empresas, organismos u organizaciones, que promuevan la realización de eventos a cumplir de manera estricta este protocolo sanitario sectorial. Como se recuerda, en los últimos años el Perú ha sido escogido como sede de importantes eventos, por lo que ahora —dijo el Mincetur— es importante generar confianza del nuevo turista de reuniones.
Aquí puede revisar el protocolo aprobado por el Mincetur: https://www.gob.pe/institucion/mincetur/normas-legales/1294923-214-2020-mincetur.