La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó la semana pasada un dictamen que modifica la base para calcular las multas ante un caso de concertación de precios.
A la fecha, cuando la infracción se califica de muy grave, se aplican multas superiores a las 1000 UIT o un máximo de 12% de las ventas o ingresos brutos del infractor.
El proyecto propone, en cambio, que la multa no supere las 1500 UIT o el 15% de los ingresos percibidos por el producto por el que se cometió la infracción, ya no los ingresos totales de la compañía.
El presidente de la comisión, Miguel Castro, en declaraciones a Gestión, defendió la nueva propuesta.