Hasta el lunes 16 de mayo, las empresas deben realizar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), que es un derecho laboral que funciona como seguro de desempleo. Aunque este beneficio es un fondo intangible puede embargarse por razones judiciales. Aquí te contamos todos los detalles.
Según la Cámara de Comercio de Lima, los depósitos de la CTS pueden ser embargados cuando el trabajador tenga deudas por alimentos y hasta el 50%.
“Tenga en cuenta que la CTS se deposita obligatoriamente en el banco elegido por el trabajador, aún cuando exista embargo judicial por deudas de alimentos”, explicó el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez.
Agregó que en este caso, la empresa debe informar al juez que la CTS ha sido depositada conforme a ley.
“En todo caso, el embargo se debe solicitar al banco depositario, salvo que se trate de la CTS que se consigna en la liquidación del trabajador que cesa y cuyo plazo para su depósito aún no ha vencido”, refirió.
¿Cómo calcular la CTS?
Para saber cuánto es lo que recibirá por concepto de CTS, el portal Comparabien explica:
- Tome en cuenta su sueldo mensual, luego súmele 1/6 de su gratificación (divida su gratificación entre seis).
- Ese monto, divídalo entre 360 y luego multiplíquelo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).
Por ejemplo, con un sueldo básico de S/ 1,500:
- 1/6 de gratificación: S/ 250
- Sueldo básico más 1/6 de gratificación: S/ 1,500 + S/ 250 = S/ 1,750
- Sueldo más 1/6 de gratificación entre 360 días: 1,750/360 = 4.86
- Monto obtenido anteriormente por cantidad de días trabajados (si laboró un semestre completo, se multiplica por 180) = 4.86 * 180 = S/ 874.8
- Lo que recibirá de CTS sería S/ 874.8 aproximadamente.
“En algunos casos se le sumarán horas extras, comisiones o los bonos recibidos por el trabajador. Esto dependerá del régimen laboral en el que se encuentres, por lo que lo aconsejable en ese caso es que solicite la información al área de Recursos Humanos”, señala el portal.
¿Cómo verifico el cálculo y desembolso correcto de la CTS?
De acuerdo a Mauricio Matos, Associate Partner del Área Laboral de EY Perú, el empleador tiene la obligación de otorgar una liquidación de cálculo de la CTS a cada trabajador, así como acreditar el depósito en la cuenta del sistema financiero escogida por el trabajador.
Para dicho cálculo, se toma como referencia la remuneración percibida por el trabajador al 30 de abril o al 30 de octubre, dependiendo de si se trata del depósito de mayo o del depósito de noviembre respectivamente.
El especialista sostuvo que en ambos casos, la CTS a depositar equivale al 50% de dicho monto en cada oportunidad.
Asimismo, mencionó que debe incluirse también 1/6 de la gratificación del periodo correspondiente.
En ese sentido, para la CTS de mayo, por ejemplo, debe incluirse 1/6 de la gratificación de diciembre de 2021. Esto debido a que se trata de una remuneración a la que se encuentra afecto el trabajador por ley.