La entrega del esperado Bono Alimentario ya tiene una fecha. Ante el alza del precio de los alimentos que viene afectando a la población, el Gobierno dará una ayuda económica de S/270 a las personas con la economía más vulnerable del país a fin de mitigar el impacto.
El Bono Alimentario se creó a través del Decreto Supremo N° 003-2022-Midis y ya se tiene aprobado el reglamento como el padrón de los beneficiarios del subsidio monetario individual. Solo se espera que se haga efectiva la entrega.
La medida pretende ayudar a las personas mayores de edad, en situación de pobreza o pobreza extrema.
¿CUÁNTAS PERSONAS SERÁN BENEFICIADAS CON EL BONO ALIMENTARIO?
El bono de S/270 en principio se anunció para más de 4 millones de personas mayores de edad, pero la ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Dina Boluarte, indicó que beneficiará a 6 millones de personas.
¿DESDE CUÁNDO EMPEZARÁN A PAGAR EL BONO ALIMENTARIO DE S/270?
La ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Dina Boluarte, anunció el viernes 21 de octubre que el bono alimentario de 270 soles empezará a entregarse desde la primera semana de noviembre.
“Desde la primera semana de noviembre ya estamos empezando con el pago del bono alimentario para 6 millones de hermanos y hermanas del país”, detalló durante el IV Foro Perú-Unión Europea: inversiones sostenibles para un desarrollo inclusivo.
¿HASTA CUÁNDO PAGARÁN EL BONO ALIMENTARIO DE S/270?
Según la Ley 31538, que creó el bono alimentario, el cobro de los 270 soles se podría realizar hasta el 30 de abril del 2023.
¿CUÁLES SERÁN LAS MODALIDADES DE PAGO DEL BONO ALIMENTARIO?
Las modalidades de pago serían:
- Depósito en cuenta.
- Billetera digital.
- Cuenta DNI.
- Cobro en ventanilla, entre otros.
¿QUIÉNES SERÁN BENEFICIADOS CON EL BONO DE 270 SOLES?
Según la Ley 31538, que creó el bono alimentario, estos son los requisitos que deben reunir los beneficiarios.
- Ser mayores de edad.
- Estar en condición de pobreza y pobreza extrema, de acuerdo con el Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).
- Estar en el Registro Nacional para medidas COVID-19 en el marco de la Emergencia Sanitaria (Registro Nacional).
- El ingreso mensual de sus hogares no debe superar el monto de la remuneración mínima vital de S/1,025.00.
- No deben estar registrados en planilla pública y privada, exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa.
- Pertenecer a hogares de los programas Juntos, Contigo y Pensión 65 que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria que se viene entregando desde agosto último.