Empleadores obligados a declarar cuentas, sueldos, teléfonos y mails de trabajadores
Empleadores obligados a declarar cuentas, sueldos, teléfonos y mails de trabajadores

En este año, la información asociada al tipo de pago, la periodicidad de la remuneración, el número de teléfono móvil y correo electrónico del trabajador deberá ser incluida en el Registro de Información Laboral (T-Registro) de la Planilla Electrónica, luego que el  publique una resolución que modificó la legislación sobre la información incluida en la planilla electrónica de las empresas.

De acuerdo a la norma, a partir del 1 de marzo del 2018 los empleadores deben declarar en el T- Registro el número de teléfono móvil y el correo electrónico de todos sus trabajadores. En tanto, la información de la empresa del sistema financiero donde se deposita y el número de cuenta en que se abona dicha remuneración, debe ser declarada a partir del 6 de enero.

El plazo para adecuarse a esta medida es hasta el 28 de febrero en caso de empresas con más de 10 trabajadores, mientras compañías con uno a 10 trabajadores tienen oportunidad hasta el 31 de marzo.

¿CUÁLES SON LOS MOTIVOS?

De acuerdo a Shirley Quino, asociada del Área Laboral de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, en entrevista con diario Gestión, explicó que los motivos de la modificación de la legislación responden:

Primero es que las personas que generen rentas de cuarta o quinta categoría y tengan derecho a esta deducción podrá presentar una Declaración Jurada incluyendo el sustento de las 3UIT adicionales, a fin de solicitar a la Sunat la devolución del impuesto a la renta retenido en exceso por el empleador.

Segundo es evitar errores a los que pueden incurrir los empleadores sobre la doble afiliación de los trabajadores al Sistema Privado de Pensiones (AFPs) y en el Sistema Nacional de Pensiones (ONP), lo que genera aportes indebidos a la ONP.

Según la abogada con la entrada en vigencia de esta norma se permitirá que los empleadores adopten nuevo procedimiento para mantener actualizada la información de sus trabajadores a fin de declararla en el T- Registro, existiendo también la obligación por parte del trabajador.