El Gobierno publicó ayer el Decreto Supremo (102-2020-PCM) que aprueba el Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC), con el cual busca asegurar la continuidad de la cadena de pagos ante el impacto del coronavirtus (COVID-19).

En ese sentido, todas las empresas de cualquier tamaño que califiquen al PARC, podrán reprogramar sus deudas.

En diálogo con Correo, el abogado especialista en procesos concursales, Fernando Martinot, señaló que estos tipos de procesos ya existían anteriormente en Indecopi, pero eran más complejos, caros y largos.

No obstante, dijo que este nuevo procedimiento es más rápido y con requisitos de acceso más simples.

“Esta es una herramienta que permite al empresario alcanzar un acuerdo de refinanciación con sus acreededores, la novedad es que es más simple y de más fácil acceso.”, explicó.

EMPRESAS. El especialista sostuvo que este procedimiento es para todo tipo de créditos, bancos, proveedores, trabajadores, Sunat, es decir, es una ley para empresas. Sin embargo, para que la refinanciación sea aprobada se necesita alcanzar un número mínimo de votos.

“En una junta virtual, el deudor necesita convencer a la mitad más uno (50%+1) de sus acreedores, para tener un plan de reestructuración en el refinanciamiento de su deuda”, comentó.

Indicó que dicho trámite podría tardar entre tres y seis meses, pues la idea es que en un plazo relativamente corto se puede tomar la decisión de refinanciar o no la deuda.

En tanto, precisó que no hay un estimado de cuántas empresas estén con estos problemas financieros, pero resaltó que hay sectores que no están en la capacidad de cumplir con sus deudas.

“Hay sectores que están pasando una difícil situación económica. Por ejemplo, gastronomía, hotelería y turismo, rubros que no tienen capacidad de pagar sus deudas a la Sunat o a los bancos”, comentó.

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