El Ejecutivo oficializó hoy la reducción del Impuesto General a las Ventas (IGV) en un punto porcentual, que se concretará a partir de julio en caso se cumpla la meta de recaudación.
Mediante un decreto legislativo publicado hoy en el diario El Peruano, el Gobierno da cuenta que desde del 1 de julio de 2017, la tasa del Impuesto General a las Ventas disminuirá en 1% siempre y cuando la recaudación anualizada hasta mayo de este año del IGV total neto de sus devoluciones internas alcance el 7.2% del Producto Bruto Interno (PBI).
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) indicó que en el país existe un Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 18%, el cual se compone de dos impuestos: 1) Impuesto General a las Ventas (IGV), actualmente de 16%, y 2) Impuesto a la Promoción Municipal (IPM), actualmente de 2%. Así, el 18% se refiere a la suma del IGV (16%) y el IPM (2%).
El Decreto Legislativo N° 1347 modifica la tasa del IGV establecida en el Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo.
Esta reducción se dará siempre que la recaudación anualizada de este impuesto alcance el 7.2% del PBI para asegurar el cumplimiento de la consolidación gradual del déficit fiscal con el objetivo de llegar al 1% al 2021.
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