Impuesto a la Renta: ¿Qué sanciones tiene si no declara a tiempo?
Impuesto a la Renta: ¿Qué sanciones tiene si no declara a tiempo?

Debido a mejores proyecciones económicas y a los servicios que desde el próximo año podrán deducirse de los impuestos, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () estima que este año se presentarán unas 150 mil declaraciones juradas más que en el ejercicio anterior.

“Entre las 556 mil declaraciones de personas naturales y las 696 mil de empresas, tendremos 1 millón 252 mil declaraciones de  (IR)”, indicó Carlos Chirinos, gerente de Orientación y Servicios de Sunat. Comentó que por cantidad de declaraciones el sector servicios es el que tiene más contribuyentes, pero los montos declarados son más altos en la minería.

A la fecha, 181 mil presentaron su declaración de este impuesto. En personas naturales, pagan IR los que tienen ingresos brutos superiores a 7 UIT (S/ 29,400) al año y en el caso de las empresas, las del régimen MYPE Tributario pagan entre 10% y 29.5% de sus utilidades, según su nivel de ingresos. Mientras tanto, en el régimen general, los contribuyentes pagan 29.5% de los ingresos anuales. Los plazos finales para declarar inician el 25 de marzo y terminan el 8 de abril, de acuerdo al cronograma establecido.


Proceso y sanciones 

Los contribuyentes con saldo a favor del impuesto podrán solicitar la devolución al momento de presentar la Declaración y escoger la opción de abono en cuenta para lo cual deberán consignar en la solicitud de devolución el número de Código de Cuenta Interbancario (CCI).

En el caso de empresas, deberán presentar la declaración solo por medios virtuales y de tener impuesto por pagar tienen la opción de solicitar el fraccionamiento si sus ingresos son hasta 150 UIT (S/ 630,000). Si tuvieran saldo a favor, podrán presentar su solicitud de devolución en línea.

En caso de que el contribuyente no cumpla con el plazo para su declaración, se genera una infracción tributaria y la sanción para empresas es de 1 UIT (S/ 4,200) y para personas naturales es 50% de la UIT (S/ 2,100).

"Terminado el plazo (de declaración), verificamos que un contribuyente debía presentar y no lo hizo, se le va a hacer un requerimiento para que subsane y presente la declaración. También hay incentivos. Si voluntariamente presenta la declaración, sin que la administración tributaria lo haya demandado, se le reduce la sanción en 90%", explicó Chirinos.