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Tras negarse de manera injustificada a que pasajeros abordaran el avión, pese a que contaban con boletos emitidos, una conocida aerolínea fue multada con S/. 42,735 por el  (Indecopi).

Se trata de la aerolínea Lan Perú, que fue hallada responsable por la Sala Especializada en Protección al Consumidor a través de la resolución emitida por la Comisión de Protección al Consumidor con sede en Lima Norte.

Lan Perú alegó que no incurrió en infracción, pues la sobreventa o sobrerreserva de pasajes en el mercado del transporte aéreo no se encontraba prohibida, siendo una práctica lícita.

Sin embargo, la Sala determinó que, sin perjuicio de lo establecido en las normas sectoriales y las políticas de venta o de reserva de pasajes que empleen las aerolíneas, cuando se afecte el derecho de los consumidores mediante una denegatoria injustificada de check in o de embarque, la autoridad de consumo puede evaluar y sancionar tal hecho.

Asimismo, a lo largo del procedimiento, la autoridad administrativa verificó que durante los años 2011 y 2012 en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez se registraron 6 casos en los que sí existió una afectación al interés de los consumidores que no pudieron tomar el vuelo, pese a portar sus boletos emitidos y espacios confirmados.

En el expediente no constata que dicha medida se tomó por un hecho fortuito o de fuerza mayor y tampoco indica que los pasajeros afectados hayan aceptado la reprogramación de su vuelo.

Por ello, al infringir el deber de idoneidad contenido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, la Sala impuso una multa a Lan Perú S.A. ascendente a 11,1 unidades impositivas tributarias (UIT).

RESPUESTA DE AEROLÍNEA

Lan Perú con matriz chilena explicó que la Resolución N° 3869-2014/SPC-INDECOPI emitida por la Sala Especializada de Protección al Consumidor del INDECOPI, revoca de manera acertada dos de los tres aspectos que fueron apelados por la compañía durante el procedimiento, reduciendo en cerca de un 80% la multa impuesta inicialmente

Si bien la Sala ratifica una parte de la resolución emitida en primera instancia, resaltaron que la aerolínea cumple a cabalidad con las garantías legales estipuladas en las diversas normas nacionales e internacionales que regulan el servicio de trasporte aéreo, específicamente los supuestos relacionados al embarque de pasajeros. 

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