La CTS sí puede ser retirada
La CTS sí puede ser retirada

El 15 de mayo venció el plazo para que las empresas depositen la compensación por tiempo de servicios (CTS). Y la ley permite que algunas personas dispongan de este recurso aunque sigan trabajando.

Se trata de aquellas que han acumulado un fondo de CTS superior a la suma de los sueldos brutos percibidos en los últimos seis meses.

De dicho excedente, se podrá retirar hasta un máximo de 70%. Si la suma de los seis sueldos no es igual o superior a lo que tiene en la CTS, no podrá sacar nada.