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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento publicó hoy en el diario oficial El Peruano, el Reglamento de la Ley Nº 30952, que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda (BAV) o Renta Joven, que busca beneficiar a grupos familiares o grupos conformados mínimo por dos personas de escasos recursos económicos.

El reglamento señala que el bono es un subsidio que se otorgará con periodicidad mensual y por un tiempo máximo de 5 años, a efectos de brindar ayuda económica para arrendar una  a personas entre 18 y 40 años, que tengan como ingreso mensual máximo hasta S/ 3,538.

Los grupos beneficiarios deben estar conformados como mínimo por dos personas, pudiendo ser padres e hijos, hermanos, esposos, convivientes sin impedimento matrimonial o amigos; además de no ser propietario, ni copropietario de vivienda, terreno o aires independizados para vivienda.

El valor mínimo de la renta mensual es S/ 750 y el máximo S/ 1,560, siendo el BAV de S/ 500. El 70% del bono es destinado a la renta mensual (S/ 350) y el 30% restante irá al ahorro (S/ 150).

El inmueble a  deberá contar como mínimo, con instalaciones de servicios básicos de agua, desagüe y electricidad, con un ambiente multiuso, una zona para dormitorio y un baño con puerta, con lavatorio, ducha e inodoro; así como, con la conformidad de obra y declaratoria de edificación.

El ministro de Vivienda, Miguel Estrada, sostuvo que al igual que en los demás programas sociales de vivienda, se realizará una convocatoria pública. “Inicialmente serán dos mil bonos pero esta cantidad podría incrementarse tras los primeros meses de puesta en marcha del BAV”, dijo.