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Publican reglamento que da luz verde para creación de Zona Económica Especial Privada

Proceso, que estará bajo la batuta del Mincetur, se iniciará con la calificación de los interesados. Podrán participan empresas creadas en el país que tengan compromiso de inversión de al menos 1,500 UIT en dos años
Cerca al puerto de Chancay se estaría instalado la primera Zona Económica Especial Privada, ZEEP.

Clorinda Flores

Actualizado el 23/04/2026, 06:00 a.m.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó el reglamento de la Ley de Zona Económica Especial Privada (ZEEP), mediante el que aprueba el procedimiento de creación de las zonas, la selección de operadores, las actividades permitidas y los mecanismos de supervisión y control.

“Con ese marco normativo, se busca descentralizar las oportunidades de inversión, permitiendo que nuevas regiones se integren a las cadenas globales de valor”, precisó el Mincetur.

La primera etapa para crear una ZEEP será la calificación, luego será la autorización del Operador Privado, que implica evaluar las solicitudes de los postores, quienes deberán cumplir requisitos como ser una empresa constituida en Perú, con un compromiso de inversión mínima de 1.500 UIT (S/ 8 millones 250 mil) en 2 años, etc.

Las ZEEP deben estar ubicadas en terrenos de al menos 90 hectáreas, el usuario debe ser nuevo, no tener operación previa en Perú.

Actividades. Según el reglamento, en las ZEEP se podrá desarrollar actividades industriales, de ensamblaje (acoplar partes, piezas, etc.) y servicios.

También se podrán hacer actividades complementarias (personas naturales o jurídicas), previa autorización del operador privado, “consideradas como nueva inversión, y que no se encuentran relacionadas a personas jurídicas que tengan algún régimen tributario especial”.

“Dichas actividades están relacionadas únicamente a la clase referida a restaurantes y de servicio móvil de comida, y la clase referida a servicio y bebidas, cafeterías, heladerías, fuentes de soda, comedores y servicios similares, excepto bares. Estas actividades no pueden ser desarrolladas ni por el OP ni por el usuario”, según el Mincetur.

Entre las actividades no permitidas son las que están relacionadas con la industria minera, o de hidrocarburos. También las comprendidas en la Industrias Básicas de Hierro y Acero, de la Industrias manufactureras de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas. Igualmente de actividades de producción o comercialización de armas y municiones, generación de energía eléctrica, salvo que sea para autoconsumo.

Según la Ley de ZEEP, los inversionistas que se instalen en una ZEEP no pagarán Impuesto a la Renta (IR) en los primeros cinco años de actividad.

Pero, luego deberán pagar un IR de 7.5% (entre 6 y 10 años); posteriormente deberán aportar 10% (entre 11 y 15 años). Cuando las empresas estén cumpliendo entre 16 y 20 años de actividades pagarán un IR de 12.5. Mientras que las que estén entre los 21 y 25 años sus aportes serán de 15%.

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