La reprogramación de créditos no debe poner en riesgo la economía y la propuesta planteada en el Congreso podría generar arbitrajes internacionales contra el Estado peruano, advirtió este viernes la ministra de Economía, María Antonieta Alva.
Durante su exposición ante el pleno del Congreso, la ministra dijo que el proyecto de “Ley de reprogramación extraordinaria de pago de créditos para la protección del ahorro y fortalecimiento del sistema financiero por estado de emergencia nacional”, que plantea una garantía otorgada por el Banco Central de Reserva (BCR), interfiere en contratos entre privados e impone una misma solución a todas las personas con deudas.
“El primer comentario es que interfiere en contratos entre privados. Recientemente hemos tenido un ejemplo concreto con la ley de peajes que fue declarada inconstitucional y tenemos que aprender de esa experiencia. Considerando que algunas entidades financieras tienen capitales extranjeros, esto podría terminar en arbitrajes internacionales con enormes costos para el Estado”, sostuvo.
Indicó que si bien los congresistas han entendido la demanda ciudadana y están planteando una solución, esta debe encaminarse con una propuesta técnica viable.
“En esta etapa quiero sugerir dónde tenemos que hacer cambios fundamentales para que el texto sea una propuesta técnica viable y no ponga en riesgo a la economía”, indicó.
También dijo que el proyecto presentado por el Congreso para el congelamiento de deudas favorecía a personas con alto poder adquisitivo. "Hay que mejorar la focalización porque en un caso extremo se podría, con recursos de todos los peruanos, favorecer a personas con alto poder adquisitivo”, sostuvo.
Objeciones por poner al BCR como garante
Más temprano, el presidente del BCR, Julio Velarde, cuestionó y calificó de “irresponsable” la iniciativa legislativa porque plantea en su artículo 2 que la autoridad monetaria sea garante de las obligaciones crediticias. En detalle, el mencionado artículo dice:
“La reprogramación del crédito que establece la presente ley, cuenta con garantía otorgada por el Banco Central de Reserva del Perú e incluye a las obligaciones crediticias con las empresas del sistema financiero, siempre que, al 29 de febrero del 2020, los beneficiarios hayan registrado una calificación de riesgo normal o con problema potencial, en los siguientes créditos (consumo, personales, hipotecarios, vehiculares y todo tipo de tarjeta de crédito que permita la disponibilidad de dinero en efectivo o la compra de producto o servicio)”.
Al respecto, la titular del MEF dijo que el artículo 2 del proyecto de ley es abiertamente “inconstitucional”.
“El Banco Central es autónomo y la forma como está redactado este texto sustitutorio constituye una intromisión en la política monetaria, y afecta la credibilidad del país y por consiguiente tendría enormes consecuencias en el costo del financiamiento al que accede el país”, remarcó.
Alva también sostuvo que hay aspectos técnicos por revisar en el artículo 2, porque no se incluye el porcentaje de la garantía, el cual tiene que ser lo suficientemente moderado para que el Estado y las entidades del sistema financiero compartan el riesgo.
“Hay otros aspectos técnicos menores, como por ejemplo que los créditos vehiculares y las tarjetas de crédito son parte de los créditos de consumo”, concluyó.