Si accedió al retiro de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de su fondo de pensiones, tal como lo establece la Ley N° 31192, y su solicitud supera el valor de una UIT (S/4.400), debe saber que el dinero solicitado se desembolsará en tres armadas.
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Tomando en cuenta que el 26 de junio, siguiendo el primer cronograma de registro, empezó el depósito de la primera armada (hasta una UIT) y que debería concretarse –como máximo– el 22 de julio, ¿cuándo se realizará el segundo depósito?
Al igual que el primero, este nuevo depósito también será de una UIT y en línea con lo que estableció la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) en el procedimiento operativo que aprobó, se realizará 30 días después de que se hizo el primer depósito.
De esta manera, a quienes recibieron su primer desembolso el 26 de junio, les corresponderá recibir el segundo abono (hasta S/4.400) a partir del 24 de julio, considerando que deberán transcurrir 30 días calendario desde que se materializó el primer depósito.
En tanto que para el último desembolso, de hasta dos UIT (S/8.800), también deberán pasar 30 días calendario después que se haga efectivo el segundo depósito.
AVANCE DE LOS ABONOS
De esta manera, y dependiendo de su fecha de registro según los dos primeros cronogramas establecidos por la Asociación de AFP (AAFP), el afiliado o aportante debe esperar que transcurran 30 días, como máximo, para que le informen sobre la disponibilidad de su dinero y pueda retirarlo.
Tomando en cuenta que el cronograma de registro de solicitudes empezó el 27 de mayo y que, a partir de ese entonces, deberían transcurrir 30 días para que se efectúe el primer desembolso, los afiliados cuyo último dígito de su documento de identidad sea cero o una letra debieron de haber sido primeros en recibir su dinero y sus abonos debían efectuarse, como máximo, el 26 o 27 de junio.
Siguiendo ese calendario, a la fecha, los afiliados cuyo último dígito de su documento de identidad sea 1, 2, 3, 4 y 5 hasta hoy 12 de julio se deberían estar sumando a la relación de aportantes que ya recibieron su primer abono o el total de lo solicitado en caso sus aportes no superen los S/4.400.
CRONOGRAMA DE REGISTRO
A pesar de que el cronograma establecido por la AAFP empezó el 27 de mayo, según lo establece la Ley N° 31192 que autoriza el retiro de las 4 UIT, el plazo para que se acceda a este beneficio se extiende dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de dicha ley, por lo que podrá ingresar su solicitud de retiro hasta el próximo 24 de agosto.
De esta manera, concluido los dos primeros cronogramas establecido por la AAFP, es decir, a partir del 9 de julio, el registro de los afiliados que deseen ingresar sus solicitudes de retiro, tal como señalan Prima AFP y AFP Habitat en sus redes sociales, será libre y sin cronogramas, y seguirá haciendo a través de la plataforma virtual www.consultaretiroafp.pe.