Por Javier Artica
A raíz de que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) envió 39,899 cartas inductivas a empresas para la verificación del cumplimiento e implementación del plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo, Christa Caro, líder del área laboral del estudio Amprimo, Flury, Barboza & Rodríguez Abogados, señaló que esta medida es positiva, debido a que el ente no solo sanciona.
“Esto va en concordancia con las funciones que tiene Sunafil, que no solamente son sancionadoras, sino instructivas, entonces, lo que busca es crear conciencia en los empleadores a través de un autodiagnóstico en prevención del COVID-19 en el centro de trabajo”, dijo la abogada.
Indicó que este procedimiento no alterará el funcionamiento de las empresas debido a que la información que pide Sunafil no es obligatoria. “Las respuestas son voluntarias. Si no cumplen con mandar en el plazo de 10 días hábiles no pasará nada porque no recibirán sanción”, precisó.
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Sin embargo, la abogada mencionó que la omisión de respuesta podría ser tomada como una negativa y quizás Sunafil, en futuras campañas, podría considerar a estas empresas dentro de su fiscalización.
¿CUÁLES FUERON LOS CRITERIOS DE SUNAFIL?
Christa Caro también indicó que Sunafil no informó qué criterios tomó para escoger a las empresas que deben mandar su información sobre planes para vigilancia y prevención del COVID-19.
"No se sabe si es por rubro, fecha de reinicio de actividades o número de trabajadores", refirió.
Ante este panorama, la experta en temas laborales sugirió que el ente fiscalizador debe identificar aquellos sectores donde, a la fecha, hay mayor número de trabajadores, ya que existe un alto índice de riesgo de contagio.
LOS PASOS PARA RESPONDER SOLICITUD
Los empleadores deberán ingresar a la casilla electrónica de la Sunafil, ubicada en el sitio web de la entidad (www.sunafil.gob.pe) usando su clave sol.
Dentro de la casilla electrónica, el empleador o su representante encontrará un formulario de 46 preguntas, que deberá contestar en línea en calidad de autodiagnóstico, siendo esta información de naturaleza declaratoria y voluntaria.
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Posteriormente, se determinará a qué empresas se les enviará nuevas comunicaciones, para que sustenten el cumplimiento de sus obligaciones.