Continuamente se estarán suspendiendo líneas telefónicas. (Foto: GEC)
Continuamente se estarán suspendiendo líneas telefónicas. (Foto: GEC)

El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) estableció disposiciones para las empresas operadoras en el sector de telecomunicaciones que hayan obtenido la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para reiniciar total o parcialmente sus actividades desde el 18 de mayo.

Entre esas disposiciones está la atención de servicios, como la suspensión temporal y baja de servicio, mediante la vía telefónica

El regulador precisó que esas disposiciones las fijó en atención a lo establecido en el “Protocolo Sanitario Sectorial para la Prevención del COVID-19 para los Servicios de Telecomunicaciones”, contemplado en la Resolución Ministerial N° 258-2020-MTC/01.

Así, entre las principales disposiciones, precisó que solicitudes de migración de plan tarifario, suspensión temporal y baja del servicio se realizarán a través del canal telefónico. También la atención a los problemas de calidad e interrupción del servicio, así como los reportes de sustracción o pérdida de equipos terminales.

En tanto, las solicitudes de reposición de SIM Card y recuperación de equipo terminal deberán ser atendidas bajo los mecanismos de validación de identidad, previstos para la contratación de servicios públicos móviles, descritos en el referido Protocolo Sanitario Sectorial.

Agregó que las visitas a los lugares de instalación o prestación del servicio deben seguir el referido Protocolo Sanitario Sectorial y el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”.

La atención de la solicitud y contratación de la portabilidad numérica del servicio público móvil y el servicio de telefonía fija, demandará el uso de los mecanismos de validación de identidad previstos para la contratación, según corresponda.