​2 mil bonos de Renta Joven para Lima, Arequipa y Trujillo
​2 mil bonos de Renta Joven para Lima, Arequipa y Trujillo

Las regiones de Arequipa, Trujillo y Lima serán las primeras localidades donde se aplicará el bono de la renta joven para que las familias que viven en alquiler reciban una subvención de 500 soles del Estado y una parte de este monto sea ahorrado por 5 años con el fin de adquirir una vivienda o departamento.

El ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Miguel Estrada, informó que en los siguientes días se realizará la convocatoria para la entrega de los primeros 2 mil Bonos de Arrendamiento de Vivienda, conocido como Renta Joven, en las ciudades antes señaladas.

Se espera que después de difundir el cronograma para las postulaciones y evaluaciones, en octubre se concreten los primeros desembolsos. Los procesos a seguir se difundirán por la página web del Ministerio de Vivienda.

El Bono Renta Joven se otorgará a las familias que alquilen viviendas cuya renta mensual mínima sea entre 750 y máximo de 1,560 soles. El Estado entregará un bono de 500 soles y el 70% del bono, es decir 350 soles será asignado para la renta mensual y el 30% restante que sería 150 soles irá al fondo de ahorro

De esta forma, en el tiempo máximo de 5 años de subvención, tendrían un ahorro de 9 mil soles para posteriormente cubrir una parte para la compra de una vivienda con los otros programas que ofrece el Ministerio como Crédito de Mivivienda.

El ingreso mensual de la familia a postular de 18 a 40 años, sean parejas, hermanos o hijos que viven con sus padres debe ser máximo de 3 mil 538 soles.

Requisitos

* Peruano de nacimiento

*Ser personas de escasos recursos económicos y tener entre 18 y 40 años.

* Percibir un ingreso mensual máximo de 3538 soles.

*El inmueble debe contar, como mínimo, con servicios básicos de agua, desagüe y electricidad. Además, debe tener un ambiente multiuso, una zona para dormitorio y un baño con puerta, con lavatorio, ducha e inodoro.

*El postulante debe tener un contrato con el propietario de la vivienda y esta no debe ser de un familiar. Además debe ser respaldado por un notario