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Son 27 las piscinas en la región que no tienen autorización de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental (DIRESA).

Juan Castillo, responsable del Programa de Vigilancia de Piscinas, informó que hasta el momento solo 31 albercas encuentran con permiso para recibir a bañistas.

“Si no cuentan con autorización y funcionan, la falta es calificada como muy grave. La sanción es de 57 mil 750 soles”, dijo el especialista.

Las piscinas no solicitaron el permiso de funcionamiento o no cumplieron con las recomendación realizadas por la DIRESA. En este último caso las faltas fueron las siguientes: no contaban con sistema de recirculación del agua, desinfección, servicios adecuados dentro del local, condiciones de seguridad y autorización sanitaria.

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Pese a esta falta, algunas ofrecen servicios a bañistas. “El Club de Trabajadores de Essalud , La Campiña, funcionan y no tiene autorización, es peligroso para ellos por la multa y para los bañistas pues el lugar tiene problemas en su infraestructura, mayólicas salidas y no tiene un sistema de desinfección”, expresó.

EVALUACIÓN. En esta primera evaluación también se efectuaron recomendaciones a administradores de los recintos para mejorar la infraestructura y servicios de albercas.

“Es el caso de la piscina Municipal Parque Acuático de Camaná, se les exhortó a tener salvavidas, una torre de vigilancia y colocar rejillas alrededor de estanque”, declaró Castillo.

La comuna de Camaná tiene hasta el 29 de enero para levantar estas observaciones. DIRESA ha recibido además el pedido de renovación de permisos de 16 estanques.

Entre las albercas que no tiene autorizaciones están las piscinas Municipal de Tiabaya; Fuerte Bolognesi, Cerro Colorado; laa semi olímpica Francisco Bolognesi, Alto Selva Alegre; piscina edil de La Joya, la del Hotel de Turistas en Camaná. La alberca César Vallejo, Paucarpata, la del Club de Médicos, José Luis Bustamante y Rivero. La municipal de Quequeña, municipal de Yarabamba; municipal de Neptalí, Paucarpata; municipal San Juan de Siguas, entre otras.

Según el Reglamento Sanitario de Piscinas D.S. N°007-3003-SA, las infracciones son calificadas graves cuando atentan contra la seguridad y la salud del usuario, cuando no se suministra información a la entidad correspondiente y se ha reiterado el incumplimiento de recomendaciones.

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