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Los últimos años algunas instituciones públicas que efectuaron contratos con empresas privadas y que tuvieron algunos inconvenientes, optaron por utilizar un arbitraje para resolver la controversia, pero lo que llamó la atención es que fueron árbitros Ad hoc lo que se hicieron cargo de los casos.

El caso más sonado de Arequipa fue el de Oncoserv en donde el laudo arbitral falló a favor de esta empresa y en contra del Gobierno Regional, llegando incluso a embargarles cuentas bancarias.

La secretaria general del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Arequipa (CCIA), Ludovina Villanueva Núñez, explicó que a raíz de los cuestionamientos hechos a los arbitrajes donde una parte es el Estado, recientemente se determino que en aquellos casos donde el monto de la controversia sea mayor a las cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT) sean llevados por árbitros institucionales.

Explicó que el arbitraje institucional es aquel que es respaldado por una institución, que normalmente está vinculada a una cámara de comercio. Estos arbitrajes tienen una serie de ventajas como contar con normas preestablecidas por la propia institución que te facilita el trámite del arbitraje.

En el arbitraje ad hoc, quienes desarrollan esta actividad son los propios árbitros. No hay una institución que pueda dar soporte o facilitación del desarrollo del proceso.

“En los casos en que el Estado es parte, casi el 80% de casos donde se requirió de un arbitraje, fueron llevados por árbitros ad hoc, muchos de los cuales fueron cuestionados porque curiosamente las instituciones públicas perdían y tenían que pagar grandes sumas a la empresa que reclamaba la resolución de una controversia”,precisó.