La campaña para las elecciones regionales y municipales ya comenzó a dejar una lista de autoridades cuestionadas en Arequipa. Aunque las actividades observadas aún deberán ser evaluadas por los organismos electorales, los recientes episodios revelan una práctica cada vez más recurrente: la dificultad de separar el ejercicio de la función pública de los intereses electorales.
El caso más reciente involucra al alcalde encargado de Arequipa, Rolando Bedregal, quien participó en una actividad de carácter proselitista en Mariano Melgar junto al candidato distrital Cascely Calizaya y al aspirante al Gobierno Regional, Alfredo Zegarra, ambos vinculados al movimiento Fuerza Arequipeña. La presencia de una autoridad en funciones en un evento político volvió a poner en debate los límites que impone la neutralidad electoral.
SIN CONTROL A CANDIDATOS
La situación se repitió con la alcaldesa provincial con licencia, Ruccy Oscco. Tras una conferencia de prensa para anunciar su retorno a la contienda electoral, encabezó una caminata que culminó en la Plaza de Armas de Arequipa. El problema radica en que este espacio cuenta con restricciones municipales para la realización de mítines y actividades proselitistas, debido a su condición de zona monumental. Pese a ello, la concentración terminó ocupando uno de los lugares más representativos del Centro Histórico.
La explicación de Oscco tampoco ayudó a disipar los cuestionamientos. La candidata señaló que desconocía la prohibición, pese a haber ejercido la alcaldía provincial durante tres meses. Además, intentó justificar la actividad argumentando que otros postulantes realizaron actos similares en el mismo lugar. Sin embargo, para especialistas en materia electoral, el incumplimiento de una norma por parte de terceros no exime de responsabilidad a quienes también la vulneran.
Los casos no son aislados. Durante las últimas semanas también quedaron bajo observación otras autoridades en funciones que participan simultáneamente en la contienda electoral. El entonces alcalde de Cerro Colorado, Manuel Vera, invitó a Alfredo Zegarra a una actividad por el aniversario del distrito mientras ambos postulaban por Fuerza Arequipeña. Un episodio similar fue reportado en Yarabamba con el alcalde José Luna, candidato a la reelección.
SANCIONES
Detrás de estos hechos aparece una pregunta de fondo: ¿dónde termina la actividad institucional y dónde comienza la campaña? Para el decano del Colegio de Abogados de Arequipa, Jorge Sumari, la respuesta es clara. La neutralidad no se suspende fuera del horario de oficina ni depende de la agenda del día.
Mientras una persona ejerza el cargo, mantiene la obligación permanente de no utilizar su posición para favorecer o perjudicar candidaturas. “No se tolera el uso y abuso del poder”, advirtió.
La controversia cobra mayor relevancia porque las reglas se han endurecido. El Decreto Supremo N.° 073-2026-PCM amplió desde mayo las normas de neutralidad electoral a los procesos regionales y municipales. Antes de esta modificación, las restricciones estaban enfocadas principalmente en las elecciones generales. Ahora alcanzan a gobernadores, alcaldes, regidores, funcionarios y servidores públicos durante todo el calendario electoral.
La reforma busca cerrar un vacío normativo que durante años permitió interpretaciones flexibles sobre la participación política de autoridades locales y regionales. Desde la entrada en vigencia de las nuevas disposiciones, queda expresamente prohibido utilizar recursos públicos para favorecer candidaturas, ya sea mediante vehículos oficiales, personal de las entidades, infraestructura pública, ceremonias institucionales o cualquier otro bien financiado con recursos del Estado.
En este contexto, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa ya ha comenzado a actuar. Mediante las resoluciones N.° 01728-2026 y N.° 01739-2026 admitió procedimientos sancionadores contra la candidata Mirtha Mavel Ruelas Casillas y el movimiento Ahora Nación, así como contra Manuel Vera y Fuerza Arequipeña, respectivamente, por presuntas vulneraciones a las normas de neutralidad electoral.
Las investigaciones se centran en actos que habrían favorecido a determinadas organizaciones políticas o candidatos durante el periodo electoral. Lo relevante es que la norma permite que la responsabilidad alcance tanto al candidato como a la agrupación política que lo postula. De confirmarse las infracciones, las consecuencias no se limitan al ámbito electoral. Los involucrados también podrían enfrentar procedimientos disciplinarios, sanciones administrativas, responsabilidades civiles e incluso eventuales procesos penales, dependiendo de la gravedad de los hechos.
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