Imagen
Imagen

Positivo. El presidente Ollanta Humala oficializó el incremento del salario mínimo, de S/750 a S/850, a favor de los trabajadores. Este aumento también repercute sobre los beneficios sociales como son la CTS, asignación familiar y las vacaciones.

El gerente regional de Trabajo, Freddy Cahui Calizaya, afirmó que el decreto N°005-2016 afecta los derechos laborales del trabajador, lo cual resulta favorable.

Asimismo, señaló que su sector se encargará de verificar el cumplimiento de la norma una vez que se ejecute; quiere decir a partir de mayo, según la forma de pago que puede ser quincenal, semanal o mensual.

Beneficios. “Afecta a los derechos laborales porque otra de las remuneraciones es la remuneración básica que quiere decir que es la base de cálculo para otros beneficios sociales”, señaló la autoridad regional.

En ese sentido, explicó que los trabajadores podrán recibir por asignación familiar S/85 que representa el 10% de la remuneración mínima la cual será 850 soles en adelante.

Lo mismo ocurre con la CTS, gratificaciones y vacaciones, debido a que se medirán sobre este monto.

Cahui Calizaya dijo también que los trabajadores que pertenecen a algunos regímenes especiales también podrán acceder al incremento.

Mencionó que en el caso de las personas que realizan la jornada nocturna podrán recibir S/ 1147.50 o aquellos que son trabajadores del sector minero debido a que reciben 25% más sobre la remuneración mínima vital (RMV) siendo un monto total de S/1062.50.

Finalmente, indicó que con el decreto se benefician todos los que ganaban menos de

S/ 850, pero no habrá variación para quienes ganen más de esta cifra.

TAGS RELACIONADOS