A través de la Resolución Ejecutiva Regional N°- 067-2023-GRA/GR, se declaró la nulidad del proceso de compra de 25 patrulleros que había impulsado el Gobierno Regional de Arequipa (GRA).
El proyecto valorizado en 6 millones 125 mil soles fue retrotraído hasta la etapa de evaluación, calificación y buena pro porque el Consorcio Virgencita de Chapi no demostró experiencia necesaria en la venta de patrulleros por dicho monto
LEA TAMBIÉN: Arequipa: Cuarenta procesos disciplinarios abiertos a trabajadores prescribieron en la Gerencia Regional de Trabajo
El gobernador Rohel Sánchez, en su momento, dijo que la nulidad del proceso correspondía netamente al comité de selección, sin embargo, en el documento señalan que al ser titular de la entidad, debió anular el proceso de selección al conocerse diferentes vicios.
Según el documento, entre los motivos de la nulidad del proceso, se encuentra que el Consorcio Virgencita de Chapi, presentó como experiencia el Contrato N° - 043-2020-GRA que consiste en la adquisición de patrulleros valorizados en un millón 439 mil soles. La conformidad de esta adjudicación fue otorgada por el residente de obra, pero el encargado de otorgar dicha conformidad debió ser el área de Logística de la IX Macrepol de Arequipa, pero en ninguno de los documentos que presentó el Consorcio, se encontró la firma.
LEA TAMBIÉN: Arequipa: Controlan incendio forestal que consumió 15 hectáreas de flora en la parte alta del distrito de Cayma
“Por tanto, no correspondía validar dicha experiencia, ya que no se ajusta a los requisitos de las bases administrativas (...) debiendo descontarse un millón 425 mil soles, por lo que el adjudicatario sólo habría acreditado 4 millones 497 mil soles, siendo este monto inferior al requerido en las bases integradas, que exigían una facturación de 6 millones de soles (...) con ello el adjudicatario no habría cumplido con la calificación de las bases integradas”, se lee en el documento.
El documento señala que existe responsabilidad en el comité de selección porque validó la experiencia del adjudicatario, pese a que no cumplía los requisitos. Asimismo, señalan que el gobernador debió anular el proceso cuando se observó las nulidades correspondientes.