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Matrículas: ¿Cuánto tiempo antes deben avisar para aumentar las pensiones?

Según el Indecopi, los colegios privados solo pueden cobrar por tres motivos y las pensiones no se deben cobrar por adelantado
El incremento de las pensiones debe ser informado de manera oportuna

Redacción Diario Correo

Actualizado el 24/01/2025, 10:28 a.m.

Empezaron las matrículas en los colegios públicos y privados, pero el incremento de las pensiones afecta a los padres, cuyos hijos estudian en instituciones particulares. También es usual que año a año, acostumbran aumentar la pensión.

Sin embargo, según el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, existen plazos para que los administradores del colegio informen a los padres o tutores, sobre el aumento de las pensiones, por lo que no pueden sorprender a los padres con los cambios, al momento de ejecutar la matrícula.

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La comunicación de la variación de la pensión debe ser 30 días calendario antes de terminar el año lectivo, en este caso del 2025, la información oportuna debió ser el año 2024. Si las labores terminaron en diciembre, la información debió ser por escrita en noviembre.

Asimismo, se considera la oportuna información, 30 días calendario antes del proceso de matrículas. Este contexto se aplica en su mayoría para los escolares nuevos.

Según el Indecopi, los colegios también están en la obligación de informar las pensiones, el costo de ingreso y de la matrícula de los últimos 5 años, con el fin de que los padres conozcan y evalúen el porcentaje de incremento anual.

También es necesario recordar que las instituciones privadas solo están autorizadas para hacer tres cobros por conceptos de Cuota de ingreso (única vez), matrícula (no debe ser mayor a la pensión) y la pensión.

Este último concepto se paga al final de la prestación del servicio, debido a que está prohibido cobrar la pensión por adelantado. De ser el caso, los padres pueden acudir a Indecopi para asentar la denuncia.

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