Una camioneta modelo pick up del condenado exalcalde de , Luis Arroyo Rojas,  que había sido transferida hasta a tres propietarios con el objetivo de evitar el pago de una reparación civil fue embargada y anulados todos sus actos de compra - venta para asegurar el pago de la reparación civil impuesta a la exautoridad edil. 

El juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Santa amparó el pedido formulado por la Procuraduría Anticorrupción en mérito a una sentencia condenatoria por el delito contra la administración pública, en la modalidad de peculado en agravio del Estado, que pesa sobre el exburgomaestre de Chimbote, actualmente recluido en el penal de Piedras Gordas de Lima por su implicancia en los casos Nolasco y La Centralita. 

El primer propietario del vehículo adquirido en el año 2013 por un valor de 34 mil dólares fue el exalcalde de la Municipalidad Provincial del Santa, Luis Humberto Arroyo Rojas, quien el pasado julio del año 2017 se acogió a la figura de conclusión anticipada al admitir que se apropió ilícitamente de más de 170 mil soles cuando se desempeñaba con exgerente de la Subregión Pacífico, delito por el cual la Procuraduría logró se admita un pago de una reparación civil que supera los 180 mil soles, el cual debía realizarse en 30 cuotas.

Sin embargo, tras conocer que el órgano jurisdiccional tenía pendiente un pedido de nulidad de actos de transferencia de bienes por parte del investigado, el 20 de julio, poco antes de emitirse la sentencia, Arroyo transfirió el vehículo en 8 mil soles. Luego, este comprador hizo lo propio a otro dueño el 22 de noviembre, es decir tiempo después de consentida la sentencia condenatoria, por la suma de 15 mil soles. Sin embargo y de mala fe, los compradores hicieron un nuevo traspaso, esta vez por U$ 3 mil 500 dólares americanos a un último propietario, a fin de evitar la reposición del dinero apropiado ilícitamente por el sentenciado.

Tras evaluar todos los elementos y publicidades efectuadas por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos de Huaraz en la que advertían que el bien había sido transferido en menos de nueve meses a diferentes propietarios, el juez Jorge Chávez Tamariz, dispuso la nulidad de la transferencia, declarando nulos los asientos de inscripción del vehículo y ordenando a la SUNARP anote la medida cautelar de embargo solicitado por la Procuraduría. 

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