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Chimbote: Ordenan captura de dos policías que solicitaron 500 soles a concesionaria de alimentos

Poder Judicial confirmó sentencia de seis años de cárcel contra mayor y suboficial por el delito de cohecho pasivo propio
Poder Judicial confirmó sentencia de seis años de cárcel contra mayor y suboficial por el delito de cohecho pasivo propio.

Miguel Ríos Valverde

Actualizado el 14/04/2023, 08:10 p.m.

La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa confirmó la condena de seis años de cárcel que se le impuso al mayor de la Policía Nacional del Perú, Jimmy Hanz Calampa Torres, por el delito de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial. La misma sentencia se ratificó para el suboficial PNP Alexander Gustavo Pinto Ibañez.

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Según la Fiscalía, el oficial ordenó a su subalterno que le exija a Gladys Marrón, la concesionaria del servicio de rancho para el personal policial de la Unidad de Servicios Especiales, la suma de 500 soles a cambio de volver a otorgarle la buena pro de la adjudicación de los alimentos.

El 1 de junio de 2019, Pinto Ibáñez fue capturado en un operativo tras recibir el dinero que previamente había sido fotocopiado. A decir de la Fiscalía, las conversaciones del aplicativo Whatsapp, encontradas en el equipo celular del policía detenido, revelan que el mayor Calampa Torres tenía pleno conocimiento del cobro a la denunciante e incluso se advierte que coordinaban la entrega del dinero.

El Sexto Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios encontró culpables del delito a ambos policías y les impuso seis años de cárcel, así como el pago de 10 mil soles por concepto de reparación civil.

APELACIÓN

Los abogados de ambos sentenciados decidieron interponer un recurso de apelación, señalando uno de ellos que la concesión del servicio de alimentación por parte de la denunciante ya había concluido, por lo que no había la posibilidad de que el mayor Calampa le otorgue otra concesión, sumado a que tampoco tenía esa facultad.

No obstante, el defensor de Pinto Ibáñez indicó que su patrocinado admitió haber sido el intermediario para solicitar dinero a la denunciante, por indicaciones de Calampa Torres; sin embargo, solicitó una sentencia por el delito de concusión y no por cohecho.

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Finalmente, por unanimidad, los integrantes de la Primera Sala Penal de Apelaciones decidieron confirmar la sentencia de primera instancia y ordenaron la inmediata búsqueda y captura de los dos policías, quienes deberán ser internados en el penal de Cambio Puente.

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