El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) le dio la estocada final al movimiento regional Socios por Áncash al declarar como infundadas las apelaciones que su personero legal presentó para mantener en la carrera electoral a dos de sus principales candidatos. Al tratarse de una decisión en última instancia, Domingo Caldas Egúsquiza y José Gallo Pedemonte, quienes encabezaban las listas a la Municipalidad Provincial del Santa y la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, respectivamente, quedaron fuera de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
MIRA AQUÍ: Áncash: Realizan limpieza de río Fortaleza
DECISIÓN
Ayer se conoció el pronunciamiento del JNE en relación a los 35 casos tratados en la audiencia pública del pasado 18 de agosto.
Como se recuerda, aquel día se revisó el recurso de apelación que planteó el personero legal de Socios por Áncash a la resolución N° 541-2022, emitida por el Jurado Electoral Especial (JEE) del Santa, que declaró fundada una tacha contra Domingo Caldas por no haber consignado una sentencia en su hoja de vida, razón por la cual su candidatura a alcalde de la provincia del Santa fue retirada.
El JNE consideró como infundada la apelación que presentó el representante de Socios por Áncash, motivo por el cual se deberá cumplir lo dispuesto por el JEE del Santa. Es decir, Caldas no podrá participar de la contienda electoral y solo los candidatos a regidores de su agrupación política siguen en carrera.
MOTIVO DE TACHA
En la hoja de vida que presentó para inscribirse como candidato a la alcaldía de la MPS, Caldas Egúsquiza dejó en blanco el rubro referido a relación de sentencias.
Sobre este punto, la ciudadana Culqui Chupillón presentó una tacha, dando cuenta que el postulante de Socios por Áncash registra una sentencia por el delito de alteración del ambiente o paisaje en agravio del Estado Peruano y el Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena), que forma parte del expediente N° 1017-2008-0-2506-JR-PE-01.
Tras solicitar información al respecto, el personal del JEE del Santa pudo conocer que, el 28 de mayo del 2009, el Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Nuevo Chimbote emitió la resolución N° 12, mediante la cual decidió reservar el fallo condenatorio contra Caldas.
La sentencia con reserva de fallo condenatorio consiste en la declaración de culpabilidad del imputado, pero sin emitir pronunciamiento de la condena y pena.
En el análisis del caso, el JEE del Santa consideró a pesar de tratarse de una sentencia con reserva de fallo condenatorio, el actual alcalde de Nuevo Chimbote debió haberla registrado en su hoja de vida. Por esta razón declaró fundada la tacha y lo sacó de la carrera electoral.
EN EL SUR
El JNE también se pronunció sobre la apelación que presentó el personero legal de Socios por Áncash a la resolución N° 571-2022, del JEE del Santa, que declaró fundada una tacha contra el candidato a alcalde de Nuevo Chimbote, José Gallo.
El máximo órgano electoral declaró como infundado dicho requerimiento, motivo por el cual Socios por Áncash tampoco tendrá candidato a burgomaestre en el distrito sureño.
El JEE del Santa admitió la tacha presentada por el ciudadano Elvis Azan Sinche debido a que Gallo Pedemonte no consignó una sentencia por un proceso judicial sobre ejecución de garantías y por no declarar que es gerente de una empresa.
Como en el primer caso, solo los candidatos a regidores siguen en carrera.