​AFP: Jubilación por desempleo vuelve 
​AFP: Jubilación por desempleo vuelve 

Con tres meses sin ningún tipo de jubilación anticipada, los afiliados a las AFP que estén en situación de desempleo durante 12 meses seguidos, y cumplan con la edad mínima de 50 años en mujeres y 55 años en varones, podrán acceder a esta facilidad, que quedó suspendida desde diciembre del año pasado.

Según lo aprobado por el Pleno del Congreso, en su sesión del miércoles, el régimen REJA (Régimen Especial de Jubilación Anticipada) será permanente; pero quienes quieran aplicar a este no deberán tener otros ingresos tanto en planilla como en recibo por honorarios.

El proyecto, dictaminado por la Comisión de Economía del Congreso y que sufrió modificaciones, fue aprobado con 48 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones. Se le exoneró de segunda votación con 47 votos.

El régimen de jubilación anticipada otorga derecho a la redención del bono de reconocimiento a los cinco años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, según señala la propuesta aprobada.

Además, aquellos que opten por la Jubilación Anticipada Ordinaria (JAO) ya no podrán hacer aportes voluntarios cuantiosos para pasar la valla de 40% del último sueldo como pensión y jubilarse o retirar su fondo de pensiones.

Vigencia. Para que entre en vigencia esta norma antes tiene que ser promulgada por el Ejecutivo y publicada en el diario oficial El Peruano

¿Quiénes pueden aplicar?

a) Quienes tengan una edad mínima de 55 años en el caso de los varones y de 50 años en el caso de las mujeres.

b) Además tienen que estar desempleados durante doce meses consecutivos tras la fecha de cese de su centro de labores.

c) También quienes durante 12 meses, tras la fecha de cese laboral, hayan percibido rentas de cuarta categoría (recibos por honorarios) por un monto menor o equivalente a siete Unidades Impositivas Tributarias (UIT) que representan 29,400 soles.

¿Qué documentos deben presentarse? Para empezar el trámite, se debe presentar la solicitud de acceso al REJA ante su AFP correspondiente, así como el documento que indique el cese de su relación laboral con la fecha correspondiente.

En el caso que el trabajador haya emitido recibos por honorarios en el referido periodo debe presentar el documento de la Sunat que lo sustente.

Cabe señalar que, según la norma aprobada, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS) determinará las condiciones y el procedimiento operativo correspondiente (www.sbs.gob.pe).

En desacuerdo. En tanto, la Asociación de AFP, mediante su presidenta Giovanna Prialé, se mostró em desacuerdo con esta medida.

“Si el objetivo es mayor pensión, menor comisión y mayor calidad de vida, la respuesta al REJA y al JAO es no”, señaló Prialé.

Luego precisó que el régimen de jubilación anticipada generará que aquella persona que se lleva su dinero a los 50 años, si es mujer, y 55 años, si es hombre, se quedará sin pensión de jubilación.”Se quedarán desamparados”, añadió.

“En el gremio vemos con preocupación todos estos tipos de propuestas parches que no solucionan el problema que nosotros consideramos un problema fundamental que debe ser una respuesta integral a una problemática integral del sistema”, precisó la presidenta de la Asociación de AFP.

Por su parte el economista Jorge Gonzales Izquierdo manifestó en Canal N que “no lo tomen a la ligera, que no digan que aquí está la plata, voy saco y me jubilo porque después de 10, 15 20 años, podrían tener problemas gravísimos”.

El economista Diego Macera también expresó su opinión. “El sistema pensionario está pensado para tener pensiones y este sistema REJA y el JAO del cual también han hablado ayer contribuyen a desvirtuar el sistema pensionario peruano”, dijo.

Por un lado, la norma generó reacciones de apoyo, pero otras personas la cuestionaron porque los que retiren su dinero, luego de algunos años estarán en la pobreza absoluta.

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