Escrito por: Olivia Medina
Cifras. Hace unos días el Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo N° 1470 que establece medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas, que dispone que los juzgados de familia podrán dictar medidas de protección en el acto y sin audiencia, para víctimas de violencia familiar. Ya no será necesario que se cuente con la ficha de valoración de riesgo, informe psicológico u otro que por la inmediatez no sea posible obtener para brindar las medidas en mención.
Con esta disposición se espera reducir las cifras que se registran en mayor cantidad en la provincia de Huancayo, seguida de Jauja.
Las medidas de protección dictadas durante la cuarentena deben ser ejecutadas de inmediato, independientemente del nivel de riesgo.
De igual forma, se procede con las medidas de protección dictadas antes de la declaración del estado de emergencia en los casos de riesgo severo.
Se debe priorizar que el contacto entre la víctima y el agresor sea evitado, el patrullaje constante del domicilio de la afectada.