Justificación o dispensa ¿qué debes solicitar si no votaste en estas elecciones?
Justificación o dispensa ¿qué debes solicitar si no votaste en estas elecciones?

Los ciudadanos peruanos mayores de 18 y menores de 70 años que figuren en los padrones electorales tienen el deber de votar en los procesos de sufragio, pero si no pudiste hacerlo, ¿Cómo saber si puedes pedir una justificación o una dispensa?.

Pues para ponértela clara, la justificación la piden solo los ciudadanos que no cumplieron o se negaron a ser miembros de mesa. Mientras que la dispensa la piden aquellos ciudadanos que no acudieron a ejercer su voto.

Si el elector no pudo asistir a votar o ejercer su cargo de miembro de mesa, podrá solicitar una justificación o dispensa para evitar la multa solo ate el Jurado Nacional de Elecciones, en caso de Junín en la oficina desconcentrada de esta entidad. El trámite puede realizarse desde el día siguiente de la votación hasta 30 días después de los comicios.

Las solicitudes de justificación y dispensa presentadas después del plazo, serán declaradas improcedentes. Las dispensas pueden ser solicitadas de manera virtual o presencial. Dependiendo de la razón, hay una serie de requisitos que se tienen que presentar en copia simple. La fecha de estos requisitos debe coincidir con la de las elecciones.

La justificación cuesta S/ 21.60 y la dispensa S/ 21.80. Puede pagar en cualquier agencia del Banco de la Nación con el código 01465.

SOLO EN ESTOS CASOS

 Las causales por las que se puede tramitar una dispensa en estas elecciones son: enfermedad, fallecimiento de familiar directo, incapacidad mental, robo o pérdida de DNI, falla en el padrón electoral, desastres naturales y otros casos de fuerza mayor.

Para cada caso, se deberá acompañar a la solicitud el recibo de pago emitido por el Banco de la Nación de acuerdo con el monto por derecho de trámite aprobado en el TUPA, copia del DNI vigente y los documentos que sustenten la causal invocada.

Es decir, para el caso de enfermedad se adjuntará un certificado médico, si se tratara de la muerte de un familiar se presenta copia legalizada o autenticada en el JNE de la partida de defunción.

Cuando se trata de dispensas por causales de error en el padrón electoral o por desastres naturales, no se exige el pago de tasa para su presentación.