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Orquestas santiagueras de Huancayo en la mira de Indecopi si no cumplen contratos

Sanciones que emite esta entidad pueden ser desde una amonestación de advertencia hasta las 450 UIT, según la gravedad de la denuncia presentada por los afectados.

Luis Quispe Huarhuachi

Actualizado el 18/08/2025, 08:14 a.m.

Incumplir un contrato o una promesa, firmada en una proforma con un adelanto económico, para la presentación de una orquesta folclórica o grupo musical sobre todo ahora en época de santiago, podría concluir con un sanción, económica para los artistas por parte de el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). La entidad informó de los mecanismos para que los usuarios puedan presentar su denuncia, en caso se hayan visto afectados.

Denunciables.

“Si un consumidor se contacta con un grupo u orquesta, se le da un adelanto señalando fecha y hora, ya hay una obligación de cumplir con este contrato. Ellos tienen que ir en las condiciones que han sido pactadas, como la cantidad de músicos, horas, y las especificadas en las características del servicio”, mencionó la jefa de Indecopi Junín, Karina Alvarado.

En el caso que las orquestan incumplan con los mencionado por la funcionaria, los usuarios pueden presentar sus reclamos por vías presenciales, virtuales o telefónicas.

En la presencial, pueden acercarse a la oficina de Indecopi ubicado en el pasaje Comercial Nº 474, en El Tambo.

Por la vía virtual, pueden ingresar al portal “Reclama Virtual Indecopi”, donde pueden presentar su queja.

“En las quejas, se puede convocar a una mesa conciliatoria entre ambas partes, mientras que en la denuncia administrativa, se puede emitir sanciones que van desde una amonestación y multas hasta 450 Unidad Impositivas Tributarias (UIT), cuando son casos graves, según el Decreto Supremo N° 032-2021-PCM”, añadió la funcionaria.

Para evaluar una sanción de incumplimiento se tiene varios factores a considerad durante el proceso de reclamo de los usuarios, esto dependerá, del monto de adelanto que entregó el usuario, negativa a una conciliación por parte de los infractores o reincidencia en sanciones por parte de esta entidad.

“Se ordenan las medidas correctivas, entre ellas que devuelva el monto que los consumidores han pagado por el servicio que no se cumplió. Si la empresa incumple se sigue imponiendo las multas”, concluyó Alvarado.

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